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Osvaldo Dameno
Osvaldo Dameno
La Nación y la Provincia enfrentan momentos clave en el tema que me ocupa. En efecto, el gobierno Nacional tiene la necesidad de sacar de la órbita del Poder Ejecutivo al Programa de Testigos Protegidos y debió aplazar esa decisión ante las quejas de los jueces. Sucede que la cuestión se encuentra dentro del Ministerio de Justicia y se ha observado que los arrepentidos de la Justicia Federal son acusados que han comprometido a funcionarios del kirchnerismo y justamente ese signo político se hizo cargo del gobierno el 10 de diciembre.
Puede suceder entonces que un ministro, nombrado por el Presidente tenga una gravitación decisiva en la suerte de todos ellos. Se pensó pasar la jurisdicción a la Cámara Nacional de Casación Penal pero los magistrados hicieron oír su desagrado al no haber sido consultados y hubo que dar marcha atrás.
Repasemos ahora desde el inicio la evolución del proceso. En la Procuración General de la Provincia fuimos pioneros en instaurar la protección de testigos en 1998 y el sistema quedó dentro de la Procuración, una institución de gran preponderancia institucional y que se desenvuelve con alto nivel de independencia.
En efecto, el Poder Ejecutivo está sujeto a periódicos cambios que pueden incidir en un tema tan delicado como éste, mientras que los jueces tienen una función de juzgamiento que les impide gestionar un instituto como éste. La Nación puso en marcha el sistema recién en el 2003 quedando en el PE hasta ahora en que se advierte el error.
El tema se complicó a partir del 2016 con la figura del arrepentido porque la lucha contra la corrupción llevó a que la política se viera directamente involucrada, con los consiguientes tironeos típicos de cada momento.
El gobierno Nacional no entiende el tema y nuevamente se equivoca al intentar pasarle a los jueces tamaña responsabilidad para la que no tienen competencia. Es entonces la Procuración General la señalada para seguir adelante con esto, con mayores garantías para todos los involucrados. Por el momento los testigos y los arrepentidos están peligro.
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Hasta aquí el tema en la órbita Federal, pero en la Provincia también es necesario hacer algunas consideraciones. Desde 2004, año en el que falleció el procurador Eduardo de la Cruz, la protección de testigos comenzó un proceso de pérdida de peso específico, en las gestiones de María del Cármen Falbo y Julio Conte-Grand que la ha llevado a perder importancia institucional. Es imprescindible una puesta en valor del sistema.
En el Estado provincial la cuestión es más grave todavía. En efecto el tema de los arrepentidos, enmarcado en la lucha contra la corrupción, no tiene desarrollo aún. La provincia no ha dictado todavía una legislación procesal para aplicación de la ley nacional. Y un fallo de un tribunal determinó que esa carencia impide que la ley nacional se aplique en nuestra jurisdicción.
Es menester destacar que una ley de la Nación que incluso contiene algunas directivas procesales, no debería encontrar ningún obstáculo para su inmediata aplicación en la Provincia. Tampoco existen objeciones constitucionales. Pero estamos en un campo minado. El de la lucha contra la corrupción.
Existiendo algunos proyectos procesales presentados, la pelota está en el campo de los políticos bonaerenses. Ellos deben demostrar que el flagelo de la corrupción no será admitido nunca más. Los jueces también deben actuar con valentía. El sistema de protección de testigos debe ser relanzado, y debe aplicarse la figura del arrepentido en la provincia. Mientras eso no suceda, los testigos están por el momento en peligro y los arrepentidos acá todavía no existen.
Es muy importante que el Estado provincial asuma una clara posición respecto de la cuestión de los arrepentidos. Se pueden discutir muchos aspectos. Pueden existir incluso posturas doctrinarias atendibles. Pero el tema es real, no teórico. Es el pueblo el que sufre las consecuencias. La corrupción degrada. La corrupción mata. No la podemos tolerar.
“La Provincia no ha dictado todavía una legislación procesal para la aplicación de la ley nacional de los testigos protegidos”
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