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El juez Alejo Ramos Padilla firmó en las últimas horas un duro escrito en el que sostiene que es mentira que él haya aceptado una toma de tierras en la localidad de Los Hornos porque se hizo a la luz del día, "tal como interpretaron distintos medios de comunicación que desde el fin de semana". Cabe marcar que a raíz de esto, se convocó a una protesta contra el juez federal de La Plata.
“Durante este último fin de semana -sostuvo Ramos Padilla-, desde distintos medios de comunicación se publicaron numerosas notas de prensa y de opinión que tenían como eje la resolución dictada en el marco de las presentes actuaciones el día 31 de marzo del corriente. Un simple repaso de lo publicado permite concluir que la mayoría de esas publicaciones se cimienta en la idea de que la decisión de archivar la causa se fundó en que el ingreso de las familias al predio de Los Hornos se hizo ´durante el día´. Esta idea fue luego replicada en múltiples formatos y plataformas”, sostuvo el juez federal de La Plata.
La toma de tierras incluye que terminó judicializada inició en marzo de 2020, previo al inicio de la cuarentena por el Covid. Comenzó con un reducido grupo de vecinos, hasta que finalmente se extendió a 200 familias asentadas allí.
El viernes pasado se conoció un fallo del juez Padilla con el que ordenó el archivo del expediente, algo que no es definitivo ya que existen instancias de apelación. En aquel texto, el magistrado entendió que “al momento de los hechos, el predio se encontraba en estado ocioso y carecía en la gran mayoría de su extensión de un cerco o alambrado perimetral que lo protegiera de posibles intrusiones”.
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Así, Ramos Padilla concluyó que la causa debía ser archivada “por no constituir delito los hechos que la originaron, según lo prescripto por el artículo 195 segundo párrafo del Código Procesal Penal de la Nación”.
Al momento de profundizar en este punto, indicó: “la propiedad en cuestión se trataba de un terreno descampado que adolecía de cualquier elemento de protección para impedir el ingreso de terceras personas -tales como candados, alambrados, cercos, obstáculos o barreras- sobre los que los ocupantes pudieran haber ejercido algún tipo de fuerza o violencia, como medio para consumar el despojo”.
El fallo resalta que para que la ocupación sea delito “la figura exige que el despojo se haya llevado a cabo bajo alguna de las modalidades que prevé la norma, entre ellas, violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad”.
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Luego de la controversia que su resolución generó y sobre todo las duras críticas en el ámbito político opositor, Ramos Padilla firmó este lunes un nuevo fallo a modo aclaratorio.
“Durante este último fin de semana, desde distintos medios de comunicación se publicaron numerosas notas de prensa y de opinión que tenían como eje la resolución dictada en el marco de las presentes actuaciones el día 31 de marzo del corriente”, inicia la resolución a la que accedió Clarín.
“Un simple repaso de lo publicado permite concluir -continuó- que la mayoría de esas publicaciones se cimienta en la idea de que la decisión de archivar la causa se fundó en que el ingreso de las familias al predio de Los Hornos se hizo ‘durante el día’. Esta idea fue luego replicada en múltiples formatos y plataformas”.
Al respecto, el magistrado se defendió y dijo “esa idea es falsa y no responde a lo sostenido en el fallo”. Dijo además que los ciudadanos que leen un fallo judicial “representan un porcentaje ínfimo de la población” y que en general se toma conocimiento “a través de los medios de prensa” y que por ese motivo se encontraba en la obligación “de realizar estas aclaraciones en lenguaje claro, ya que la información que se ha brindado del contenido del fallo es maliciosa e irresponsable“.
La resolución, explicó el juez, “analiza la postura del Ministerio Público Fiscal, la posición del órgano que contaba con la titularidad de los terrenos –que lo cedió para atender el conflicto social– y la de cada una de las partes que conforman la mesa de diálogo” y se analizó el proceder de 200 familias ya instaladas en la propiedad en cuestión.
En este punto indicó que si no hay acusación de la fiscalía, él como juez no puede avanzar en el expediente penal. “No existía –ni existe hoy– acusación por parte del Ministerio Público Fiscal hacia ninguna persona a quien se le imputara la comisión de un delito”, indicó Ramos Padilla.

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