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Alquileres: cuánto es el aumento de los que vencen en septiembre

Alquileres: cuánto es el aumento de los que vencen en septiembre
13 de Septiembre de 2023 | 17:34

Los contratos de alquileres de vivienda para residencia que vencen hoy 13 de septiembre sufrirán una actualización de 114,28 % respecto del mes anterior, al aplicarse el Índice de Contratos de Locación (ICL). En consecuencia, un alquiler de $ 100.000 pasará a costar $ 214.228 en caso que sea parte de la continuidad del contrato. Si en cambio, el contrato vence el propietario puede solicitar un monto diferente para la renovación.

La ley vigente establece un mínimo de tres años de contrato, con aumentos anuales a partir del ICL. Este indicador lo elabora el Banco Central y se compone de la variación del índice de precios y de salarios.

Diputados sancionó una modificación de la ley que reduce a dos años el plazo de los contratos, habilita a pactar entre las partes actualizaciones entre 4 y 12 meses, y a elegir el método de ajuste ya sea por Índice de Precios al Consumidor (IPC), Índice de Precios Mayoristas (IPM) o variación salarial.

¿CÓMO SE CALCULA?

Existen dos posibilidades de calcular el aumento que tendrá el alquiler y son haciéndolo teniendo en cuenta las distinta variables o de manera automática, como ofrecen algunos sitios.

La primera opción implica en primer término averiguar cuál fue el ICL del día de inicio del contrato y cuál será el ICL la fecha en que se estará cumpliendo un año. Por ejemplo: si el ICL de cierto día de 2022 fue del 2,12 y el ICL de la misma fecha pero de este año es 4,24, lo siguiente será calcular la variación, que surgirá de dividir el ICL actual (el correspondiente al día en que se estará cumpliendo el año) por el ICL de un año atrás. El resultado representa la variación que se produjo durante los últimos doce meses. Siguiendo con el mismo ejemplo, el cálculo será 4,24 dividido 2,12, lo que equivale a 2. Este número representa que el índice es el doble, por lo que el incremento será del 100%.

Finalmente, se procederá a realizar el cálculo que consiste en multiplicar lo que se venía abonando en concepto de alquiler por ese índice, en este caso 2. Así, si se abonaban $50.000 en concepto de alquiler, multiplicado por 2 da $100.000, monto que pasará a ser lo que se tendrá que pagar entre junio de 2023 y junio de 2024.

Si se quiere hacer de manera automática, hay sitios on line, como el del Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires, que lo hacen al instante ingresando la fecha de inicio del contrato, la de actualización y el monto que se paga, y lo que mostrará es el monto actualizado y la variación porcentual del incremento.

MODIFICACION DE LA LEY DE ALQUILERES EN EL SENADO

El interbloque del Frente de Todos logró hoy imponer como dictamen de mayoría el proyecto que reforma la Ley de Alquileres e introduce cambios a la iniciativa que fue sancionada a fines de agosto en la Cámara de Diputados, por lo que está para ser debatida en el recinto de sesiones a partir de la semana que viene.

Al retirarse del plenario de las Comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda, el jefe de la bancada oficialista José Mayans afirmó ante un grupo de periodistas que la intención es votar el tema en el recinto la semana que viene.

El debate en comisión del proyecto de ley se llevó a cabo durante dos semanas, en las que los legisladores recibieron en extensas audiencias a los representantes de la cámaras de propietarios, así como a los inquilinos.

El dictamen de mayoría contó con las firmas de los legisladores que componen el Frente de Todos y del bloque Unidad Federal, que integra un grupo de peronistas que se separó del oficialismo a principios de año.

En tanto, Juntos por el Cambio firmó un dictamen de minoría para insistir con la sanción que salió de Diputados.

La bancada opositora debería ganar la votación en el recinto si pretende que la nueva Ley de Alquileres sea sancionada de manera definitiva.

Si, por el contrario, triunfa la iniciativa del oficialismo, el proyecto regresará en segunda revisión a Diputados.

En la Cámara baja, entonces, los legisladores deberán optar por insistir con la sanción original o aceptar los cambios introducidos en el Senado.

El proyecto aprobado por los Diputados el miércoles 23 de agosto reduce de tres a dos años los plazos de los contratos, con una actualización de los alquileres cada cuatro meses contra el esquema anual que rige en la actualidad y el empleo de parámetros o índices fijados entre las partes.

En ese sentido, establece que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.

En cambio, el dictamen impulsado por el oficialismo establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

También modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y toma el Coeficiente Casa-Propia que publica el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que se compone del menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.

Este punto fue cuestionado por la oposición cuando el porteño Martín Lousteau argumentó que “si la inflación baja, la gente va a pagar por encima del índice inflacionario”.

“¿Pero y si la inflación sube?”, le preguntó el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el riojano Ricardo Guerra; a lo que Lousteau respondió: “si la inflación sube entonces vamos a tener otro problema más grave”.

El dictamen del oficialismo también modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo”.

Finalmente, el dictamen de mayoría suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.

 

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