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Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA) ha iniciado acciones judiciales en el Juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de Quilmes para frenar una multa de $445.248.000 que el Municipio local pretende aplicarle por el cierre de la atención presencial en el distrito. La sanción fue impuesta por el Tribunal de Faltas Nº4 de Quilmes tras un expediente iniciado por la Dirección General de Defensa del Consumidor, que consideró que la empresa habría violado la Ley de Defensa del Consumidor al modificar su esquema de atención.
La compañía sostiene ante la Justicia que la resolución municipal es nula por falta de competencia. AySA argumenta que el único organismo habilitado para sancionar o supervisar la prestación del servicio es el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS), en el marco de la Ley 26.221 y del contrato de concesión vigente. Para habilitar la vía judicial y apelar la sanción del Tribunal de Faltas, la empresa presentó una póliza de seguro de caución que sustituye el pago previo de la multa, una medida que busca evitar el desembolso inmediato de los casi 450 millones de pesos mientras la Justicia analiza la validez del procedimiento municipal.
El conflicto se originó en Quilmes luego de que la Dirección de Defensa del Consumidor afirmara haber recibido denuncias de usuarios por la falta de atención presencial, asegurando que los reclamos se incrementaron desde julio de 2024. En su defensa inicial en diciembre de 2024, AySA había presentado un descargo solicitando la nulidad del procedimiento. La empresa explicó que los cambios en la atención forman parte de un proceso de modernización, detallando que la Oficina Virtual concentró el 96% de las gestiones comerciales entre octubre y diciembre del año pasado en un distrito que administra 161.713 cuentas contrato. Asimismo, la unidad móvil UNIMOV atendió a 591 usuarios, principalmente para consultas sobre deudas, en cinco meses.
Pese al descargo, el organismo municipal avanzó con un auto de imputación por supuestas infracciones a los artículos 4, 8 bis y 27 de la Ley 24.240. Tras una audiencia sin acuerdo, el Tribunal de Faltas dictó sentencia: ordenó a la empresa restituir la atención presencial en un plazo de 30 días e impuso la multa, equivalente a 1.500 salarios mínimos vitales y móviles.
En su apelación judicial, AySA remarcó que su actividad se encuentra regulada por el marco nacional del agua y el saneamiento y que el control corresponde exclusivamente al ERAS, ente que regula la prestación del servicio en la Ciudad de Buenos Aires y 26 municipios del conurbano, entre ellos Quilmes. Por ello, la empresa considera que tanto la resolución de Defensa del Consumidor como la sentencia del Tribunal de Faltas son actos administrativos inválidos. El caso ahora queda en manos del Poder Judicial, que deberá determinar si la Municipalidad de Quilmes actuó dentro de sus atribuciones o si, como sostiene la empresa, la sanción carece de fundamento legal.
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