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Elecciones 2025.- Cuándo empieza la veda electoral y qué estará prohibido

Elecciones 2025.- Cuándo empieza la veda electoral y qué estará prohibido
4 de Septiembre de 2025 | 18:00

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La veda electoral en la provincia de Buenos Aires comenzará el viernes 5 de septiembre a las 8 horas y se extenderá hasta el domingo 7 de septiembre hasta las 21. Es decir, tres horas después del cierre de los comicios legislativos.

En ese lapso, el Artículo 16 de la Ley 14086, referida a las Elecciones Primarias, establece que está prohibido emitir cualquier tipo de propaganda (televisiva, radial o gráfica) 48 horas antes de la elección. Tampoco se podrán difundir encuestas y sondeos preelectorales en esa misma franja de tiempo. Y las proyecciones sobre el resultado del comicio solo se podrán publicar o difundir después de tres horas del cierre del proceso electoral.

Además, durante los quince días anteriores a la fecha fijada, “no se podrán realizar actos de gobierno y/o publicidad oficial que puedan inducir el sufragio a favor de cualquier candidato”.

¿Qué pasará con boliches y bares el fin de semana?

El Artículo 134 de la Ley Electoral establece que “serán penados con arresto de uno (1) a seis (6) meses” a quienes expendan bebidas alcohólicas el día de la elección. Por ende, tanto los boliches como bares no deberán abrir sus puertas desde el domingo a medianoche hasta la finalización de la jornada.

Qué pasa si se rompe la veda electoral

En el Capítulo XXIV, referido a las Disposiciones Penales, el Artículo 132 de la Ley Electoral bonaerense puntualiza: “Se aplicará multa que se fijará entre diez (10) y sesenta (60) haberes mensuales mínimos de la Administración Pública Provincial a los partidos políticos, federaciones, alianzas transitorias o agrupaciones municipales que incumplan los plazos establecidos para el comienzo o la finalización de la campaña electoral en las elecciones primarias. Igual multa se aplicará a quien difunda propaganda política, encuestas o sondeos preelectorales o proyecciones sobre el resultado de la elección fuera de los plazos establecidos en la normativa vigente”.

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