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Los multas irían entre los 3.500 y 7.000 pesos según los valores actuales.
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El acoso callejero en la provincia de Buenos Aires será penado con multas de entre 3.500 y 7.000 pesos de acuerdo en caso de prosperar un proyecto de Ley presentado hoy en la Legislatura provincial.
La iniciativa, dada a conocer durante un acto realizado en el Senado, en La Plata, pretende convertir cualquier acción de acoso callejero en una contravención pasible de multas.
La diputada por Cambiemos, Anahí Bilbao quien presentó el proyecto junto a la senadora Flavia Delmonte, explicó que el proyecto pretende ser "una herramienta de defensa y protección para las mujeres".
La iniciativa fue trabajada a partir de una propuesta de la Secretaria de Genero de la Juventud Radical bonaerense y busca modificar el Código de Faltas bonaerense.
En la propuesta se establece que se entiende por "acoso callejero" toda conducta o acción física o verbal, de naturaleza o connotación sexual, basada en el género, identidad y/u orientación sexual, realizada por una o más personas en contra de otra u otras que no desean o rechazan esas conductas.
De aprobarse, la ley será aplicable en espacios de uso público y privados de acceso público, y entenderá que el acoso sexual callejero puede manifestarse a través de conductas que sean de connotación sexual como actos verbales que resulten humillantes u ofensivos; fotografías o grabaciones no consentidas; persecuciones y arrinconamiento; abordajes intimidantes, exhibicionismos o masturbación.
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A quienes incurran en este tipo de prácticas y sean denunciados se les impondrán multas equivalentes a entre el 20 y el 40% del haber mensual de un agente de la Policía Bonaerense; es decir, entre 3.500 y 7.000 pesos según los valores actuales.
Además prevé que la víctima de acoso sexual callejero, gozará de los mismos derechos de tratamiento de la víctima de violencia de género.
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