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El Senado bonaerense aprobó, en la sesión del jueves pasado, veinte pliegos de designación de jueces y fiscales elevados por el Poder Ejecutivo para los distintos departamentos judiciales de la Provincia.
Del total de expedientes sancionados, 16 corresponden a jueces, dos a fiscales, uno a defensor oficial y otro a asesor de incapaces.
Para el Departamento Judicial de La Plata fueron cuatro los pliegos aprobados por la Cámara alta. Luciana Tedesco del Rivero fue designada en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, al igual que Gabriela Judit de Sábato.
En tanto, Marisol Rosana Guidobono fue designada jueza en el Juzgado de Paz Letrado de Magdalena y Vanina Cecilia Mosquera jueza en el Juzgado de Paz Letrado de Berisso.
Entre los pliegos, se votó la designación de Germán Camafreita Steffich como fiscal en el Departamento Judicial de San Isidro y la de Andrea Martha Sorrentino como agente fiscal para el Departamento Judicial de San Martín.
En tanto, María Constanza Fonrouge fue designada como jueza en el Tribunal en lo Criminal del Departamento Judicial de Quilmes; Nicolás Sánchez en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Martín y María Cecilia Maffei como jueza del Tribunaol en lo Criminal de Quilmes.
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En tanto, el gobierno bonaerense promulgó la ley que agiliza el procedimiento de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios del Poder Judicial,con el objetivo de “adaptarlo a las demandas sociales”. Mediante el decreto 505 publicado en el Boletín Oficial y que lleva las firmas de la gobernadora María Eugenia Vidal y del jefe de Gabinete, Federico Salvai, se promulgó la ley sancionada por la Legislatura el mes pasado. La norma establece que los legisladores que integran el Jurado de Enjuiciamiento, en caso de ser reelegidos para un nuevo período legislativo, continuarán integrando ese cuerpo, y no será necesario que vuelvan a sortearse, tal como sucede hoy.
También determina que el presidente del Jurado (el titular de la Suprema Corte) rija el órgano en todas aquellas denuncias o requerimientos que se hayan presentado durante su desempeño en la presidencia y hasta el final del proceso, más allá de que deje de presidir la Corte por el sistema de rotación que existe en ese órgano jurisdiccional. También otorga mayores atribuciones al titular del Jurado para resolver cuestiones que se presentan durante el proceso de juzgamiento de jueces y fiscales, y acorta los plazos para la recusación de sus miembros.
La norma establece, además, que el apartamiento preventivo del funcionario denunciado podrá regir ahora “desde el momento en el que el Jurado admite la acusación”, teniendo en consideración “la necesidad de contar con funcionarios públicos intachables en el mientras tanto (es decir, en dicha etapa del proceso), que sean dignos de ejercer la magistratura y administrar Justicia”.
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