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La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó ayer a Formosa que, en un plazo máximo de 15 hábiles, arbitre los medios necesarios para garantizar el ingreso a su territorio de todas las personas que lo hayan solicitado, con el cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes. El máximo tribunal del país se expidió ante un amparo colectivo presentado por las limitaciones a la libre circulación impuestas por las autoridades formoseñas ante la pandemia, una situación que motivó que alrededor de 7.500 personas quedaran varadas en los límites provinciales, sin poder ingresar a esa jurisdicción.
“Aun cuando pudiesen resultar adecuadas a la tutela de la salud pública, las medidas adoptadas por las autoridades provinciales aparecen como limitaciones irrazonables a la autonomía personal frente a la demora para concretar el ingreso de quienes lo requieren, incluso de aquellas personas que, de acuerdo con la propia reglamentación local, se encontrarían dentro de los casos prioritarios”, señaló la Corte.
El alto tribunal puntualizó que “la restricción de derechos en el marco de la aplicación de medidas de la naturaleza de las descriptas, no resulta prima facie razonable en su aspecto temporal”, ni tampoco “en el aspecto económico, en tanto supedita el ejercicio de derechos a una determinada capacidad económica”.
A fines de octubre, la Corte había intimado al gobernador Gildo Insfrán a que informara todos los detalles sobre la situación de las personas que aguardaban ingresar a la provincia.
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