

En tribunales, todo seguirá igual hasta el 26 de abril / archivo
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En tribunales, todo seguirá igual hasta el 26 de abril / archivo
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió ayer prorrogar hasta el 26 de abril el servicio con guardias mínimas y atención de asuntos urgentes en todo el ámbito del Poder Judicial bonaerense, a raíz del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para combatir el coronavirus.
En el mismo sentido, la resolución firmada por el presidente del Tribunal, Eduardo de Lázzari, ratificó la disposición para que los magistrados programen sus tareas para dictar las providencias, resoluciones interlocutorias y definitivas que se encuentren pendientes, incluidas las órdenes de transferencias bancarias.
Cabe destacar que en el universo de los abogados bonaerenses existe un profundo malestar ante la manifiesta imposibilidad de desarrollo de la mayoría de las actividades atinentes a la profesión, a partir del estallido de la pandemia.
Por eso se está pidiendo a gritos que el servicio letrado sea incluido entre las tareas exceptuadas a la cuarentena obligatoria, ya que se lo considera como una clave fundamental para el acceso de cualquier persona, que necesite recurrir por un conflicto a la Justicia.
Los únicos abogados que algo de trabajo tienen en la actualidad son los que se desempeñan en los fueros Penal o de Familia, ya que el resto está paralizado.
En ese contexto, la resolución del máximo tribunal provincial parecería apuntar más hacia el interior del Poder Judicial, que para sus agentes auxiliares, como son los propios letrados.
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Por eso refuerza las pautas para la prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo en domicilio y se establece que los magistrados, funcionarios y agentes de todos los órganos jurisdiccionales, estén o no de turno, que sean o no dispensados de concurrir a su lugar de trabajo, por razones de edad o por integrar grupos de riesgo deberán en la medida de lo posible prestar servicios desde sus domicilios.
También dispuso que las audiencias cuya suspensión pudiera generar un grave perjuicio, podrán celebrarse con la utilización de las herramientas tecnológicas disponibles.
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