

Eduardo Santín
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Eduardo Santín
Jueces jubilados del Poder Judicial bonaerense mantuvieron una reunión con el presidente del Instituto de Previsión Social, Eduardo Santín, y al cabo del encuentro informaron que el funcionario a cargo del ente previsional “volvió a reiterar que no existe la posibilidad de una armonización de los regímenes jubilatorios del IPS con los de la ANSES”. Asimismo, aseguraron que no es intención de sus autoridades cambiar la edad jubilatoria, así como las fórmulas de haberes ni el modelo de movilidad.
En el documento emitido ayer por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Jubilados y Pensionados del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires (AMAGJU). se señaló que “el estado actual del Instituto de Previsión Social es el resultado de un desconocimiento sistemático de su naturaleza jurídica, circunstancia sobre la que tanto esta Asociación como otras entidades representativas del sector, han alertado en diversas oportunidades, en forma pública, en presentaciones formales ante el organismo previsional y, algunas, mediante la deducción de acciones judiciales”.
Los jueces jubilados reseñan que “el dictado por parte del Poder Ejecutivo provincial del Decreto 261/2020 por el que se compromete la asistencia financiera de la Agencia Nacional de Seguridad Social (ANSES) para cubrir déficits operativos del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS), ha motivado diversas manifestaciones de organizaciones gremiales de empleados de la administración pública y de educación, respondidas oportunamente tanto desde la órbita gubernamental como del propio Instituto de Previsión”.
El carácter de persona jurídica pública administrada por el gobierno provincial con participación de los beneficiarios que reviste el IPS, “deriva de los términos del artículo 40 de la Constitución provincial, el que establece que la Provincia ampara los regímenes de seguridad social emergentes de la relación de empleo público y dispone que el sistema de seguridad social para los agentes públicos estará a cargo de entidades con autonomía económica y financiera administradas por la Provincia con participación en las mismas de representantes de los afiliados conforme lo establezca la ley”.
“La invocada pérdida de sustentabilidad del sistema previsional de los empleados públicos provinciales y municipales, demuestra que a lo largo de muchos años, las previsiones legales citadas y la naturaleza de los organismos a la que nos venimos refiriéndonos no han sido cumplidas”, dice el comunicado.
Luego de formular diversas consideraciones constitucionales que reconocen la larga trayectoria recorrida en la Provincia en este tema, plasmada por ley 8587 “que expresamente dispone que el IPS actuará como persona jurídica de derecho público”, razón por la cual “se impone al Instituto la obligación de mantener invertidos en condiciones óptimas de seguridad y liquidez los fondos que constituyen su patrimonio”, dice que, en base a lo conversado quedó establecido “que no es intención de sus autoridades “...cambiar la edad jubilatoria, ni la fórmula de cálculo de haberes ni el modelo de movilidad”.
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En las últimas semanas, y a partir de la firma del convenio de asistencia financiera a la Provincia de Anses para solventar el régimen previsional, corrió fuerte la versión de un posible proceso de armonización entre ambos regímenes previsionales.
En el gobierno bonaerense descartan esa alternativa, pero reconocen que “algo hay que hacer” para reducir el déficit del IPS que ronda los 30 mil millones de pesos anuales.
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