La Plata sin agua este lunes: a qué zona afectan las obras de Absa
La Plata sin agua este lunes: a qué zona afectan las obras de Absa
Desde el 17 de febrero, viajar entre La Plata y Buenos Aires valdrá casi $4300
Julio Alak vuelve a la conducción del PJ La Plata con una lista de unidad
El fenómeno therian y la primera gran juntada en la Provincia: quiénes son y cuándo se reúnen
Renunció Demian Reidel a la presidencia de Nucleoeléctrica Argentina
Se abre una nueva oportunidad para la inscripción a las cursadas del Instituto Superior FEMEBA
Otro grave accidente en moto en La Plata: chocaron contra un poste y sufrieron fracturas
Arranca una semana con máximas de 30º en La Plata y se vienen más lluvias: para cuándo se esperan
"Hacen ritos satánicos y compran almas": a quién acusó Andrea Rincón
De La Plata a Tokio: Santiago Motorizado cantará por primera vez en Japón
La inflación en CABA se aceleró al 3,1% en enero y marcó la mayor alza en 10 meses
Semana clave para las paritarias de docentes y estatales bonaerenses
Bailar en el agua: tendencia en La Plata para no dejar de moverse
Vivir con miedo en La Plata: la calle y la “ruleta rusa” de la violencia
Uno por uno: el boletín de calificaciones de los jugadores de Boca
En La Plata, los gremios ratificaron el paro y movilización del miércoles contra la reforma laboral
Artemis II, con aporte platense: por qué se postergó el lanzamiento de Atenea
El municipio puso en valor más de 12 mil frentes de viviendas y espacios públicos de La Plata
VIDEO. Así fue el brutal asesinato a golpes a la salida de un boliche en Mar del Plata
Desbaratan a una banda que desvalijó la casa de un docente de La Plata que estaba de vacaciones
Descuentos para jubilados: cómo ahorrar hasta un 20% en febrero
Ropa más barata, empleo en caída: la crisis del sector textil
Los comerciantes se las ingenian ante un nuevo aumento de la carne
Qué busca la justicia en las cuentas y en los plazos fijos de la AFA
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
MIGUEL H. E. OROZ (*)
Vuelve el tema relativo al Impuesto a las Ganancias establecido sobre los haberes percibidos como consecuencia de un beneficio previsional y el monto o la base sobre la cual debe liquidarse la respectiva alícuota. Más allá de la cuestión atinente a la constitucionalidad del gravamen –que aquí no fue materia de discusión-, se puso bajo observación el modo y la forma en como el mentado tributo se cuantifica.
Por otra parte, se evaluó como rigen ciertas normativas sectoriales locales y como derivación de ello, quedó claro quien debe ser el destinatario del planteo judicial, debido a que han existido algunos intentos ingresados en la justicia provincial confundiendo de quien emana la norma generadora del agravio, con la autoridad que simplemente ejerce una competencia en su condición de mera aplicadora de un régimen normativo que le viene impuesto por el orden nacional y donde en cumplimiento de un mandato general legislativo impuesto por el Congreso de la Nación en el ejercicio de competencias constitucionalmente asignadas, sólo se limita a retener sumas de dinero.
Se evaluó cómo rigen ciertas normativas sectoriales locales
En este sentido, es necesario destacar la valiosa contribución que realizaron sobre esta parcela, pronunciamientos de la Justicia Federal de interior de la Provincia de Bs. As. al resolver planteos efectuados por jubilados del Instituto de Previsión Social en su condición de agentes o empleados de la Provincia de Buenos Aires, quienes prestaron servicios en el Poder Judicial, y se opusieron a las detracciones de sus haberes que le venían realizando. Al respecto invocaron como fundamento de su pretensión, la resolución emitida el 16/03/2016 por la Suprema Corte de Justicia local Nº 302/16, mediante la cual se dispuso que a partir del 01/01/2016, a los efectos de practicar la liquidación del Impuesto a las Ganancias en el ámbito del Poder Judicial se tomará como base imponible el rubro sueldo básico de la estructura salarial vigente de los empleados del poder judicial.
Recordamos, que en primera instancia, luego de aceptarse la vía del amparo, donde el órgano jurisdiccional otorgó especial importancia a la naturaleza del caso planteado que encierra una cuestión de carácter alimentario y las condiciones personales de los actores asociadas a sus situaciones de jubilados, excluyó la participación del IPS quien al retener y posteriormente remitir las sumas de dinero a la AFIP, solo actuó en cumplimiento de una norma nacional, y en todo caso, el destinatario de la disposición de la SCBA –que se alega incumplida- no está dirigida al IPS sino a sus dependencias internas –Secretarías de Administración del Poder Judicial y del Ministerio Público-. Por lo tanto, se resolvió que el planteo solo podía ser enderezado contra la autoridad de recaudación federal.
LE PUEDE INTERESAR
Indicadores
LE PUEDE INTERESAR
Humor económico
Posteriormente, analizando el tema de fondo, se concluyó que asiste derecho a los actores a que la retención en concepto del Impuesto a las Ganancias se realice únicamente sobre el rubro o concepto sueldo básico o la denominación que en el futuro la reemplace, de modo tal que no se afecte la proporcionalidad que debe existir entre los haberes de un trabajador activo y del jubilado. Para la restitución de las sumas ya retenidas indebidamente, se sostuvo que los interesados deben utilizar los carriles procesales ordinarios, no resultando el amparo el andarivel adecuado a tales fines.
Razones vinculadas a elementales principios de igualdad y equidad impiden que se pague un impuesto mayor al que tributan los empleados activos, más allá de los tecnicismos que se pretenden imponer para desconocer el derecho a recibir una remuneración proporcional y equitativa a la situación de aquellos. Proceder de otro modo, implica generar una desigualdad contraria a los mandatos constitucionales, de quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad y por ello requieren una mayor protección de Estado.
Y aún cuando la normativa del alto tribunal provincial nada diga si comprende o no a los agentes jubilados, cabe extender sus previsiones a los mismos. Cualquier interpretación que limite o restrinja derechos de naturaleza alimentaria debe analizarse restrictivamente, debiendo elegirse siempre aquella que favorezca y ampare en mayor medida los derechos referenciados.
Llegados los casos a la alzada, al abordar la materia de agravio sólo limitada a la cuestión de fondo, se confirmaron las sentencias de grado en varios reclamos (CFAMdP, del 19/06/20, “Fernández, José M. c/ AFIP y otro s/ Amparo ley 16.986”, y del 26/06/20, “Mehl, Roberto Alejandro c/ AFIP s/ Amparo ley 16.986”; y “Galdos, Mónica c/ AFIP s/ Amparo ley 16.986”) aunque al tratarse de una cuestión discutida, eximió de las costas a la perdidosa. Consideramos importante destacar estos criterios, debido a que otras Cámaras Federales han seguido un camino diferente.
(*) Abogado de la Asociación Bonaerense de Estudios Fiscales
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$740/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6990
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$570/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4500
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí