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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de agosto próximo el beneficio de poder acceder al plan de pagos por deudas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) en la que los deudores se encuentren incluidos.
A través de la resolución general 4758/2020, publicada ayer en el Boletín Oficial, la AFIP determinó la extensión de este benefició para la regularización de las deudas, que se puede realizar hasta en tres cuotas, con un pago a cuenta del 25 por ciento.
De esta manera, la excepción que rigió hasta el 30 de junio último, se extendió nuevamente hasta el 31 de agosto para “la regularización de las personas humanas y sucesiones indivisas de sus obligaciones en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2019”.
Por otra parte, el gobierno nacional informó que se modificaron los criterios que deben cumplir los monotributistas y autónomos que inicien el trámite para solicitar el crédito a tasa cero, permitiendo de esta manera que 270 mil personas más queden habilitadas para sumarse al beneficio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los períodos contemplados para evaluar la variación en la facturación y la existencia de ingresos por un trabajo en relación de dependencia, actualizando además los datos sobre riesgo crediticio utilizados para reflejar las mejoras en la situación de los contribuyentes.
Los trámites de inscripción se realizan a través de afip.gob.ar, y tienen como fecha límite el próximo 31 de julio, informó la Jefatura de Gabinete.
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El monto al que puede acceder cada monotributista depende de la categoría en la que está inscripto, teniendo como tope los 150 mil pesos. Estos fondos se acreditan en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolsos sucesivos e idénticos.
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