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El Juzgado Civil y Comercial N° 15 de Mar del Plata falló a favor de un tomador de crédito UVA y ordenó un “reajuste del contrato” celebrado entre el consumidor y el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Se trata de la primera sentencia del país de este tipo, a favor del tomador del crédito.
El fallo, que lleva la firma del juez Héctor Fabián Casas, hizo lugar al reclamo de un tomador de crédito UVA patrocinado por los abogados Verónica Giovanniello y Hernán Montiel. El consumidor había accedido a la herramienta que era impulsada por el banco para comprar un auto.
La sentencia de Casas dispone que “se efectuará el cálculo de cada unidad de valor adquisitivo, considerando CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) como componente de tal unidad de la siguiente manera: tomando el punto medio entre la proyección de inflación y la inflación efectivamente acaecida en cada período; debiendo adicionar por fuera de dicho valor el interés del 8 por ciento pactado en el contrato de mutuo”.
En este marco, intima “al perito contador designado en autos, en su carácter de auxiliar de Justicia, a que en el término de 10 días de adquirir firmeza la presente elabore los cálculos correspondientes, debiendo determinar si existe un saldo a favor” del tomador del crédito.
Además, “se intima al Banco a que entregue a la parte actora las sumas que del mismo resulten” si es que lo pagado por el usuario supera “el monto que debía abonar”.
El fallo advierte en el momento de la toma del crédito las proyecciones inflacionarias (valor de ajuste que tiene en cuenta el UVA) eran a la baja, pero que las expectativas no se cumplieron y que el crecimiento de precios llegó a un 47,65% en 2018 y a un 53,8% en 2019. Y dice que “no puede obviarse” la situación de “quien ha tomado un crédito y la circunstancia a la cual se ha sumado la crisis por la pandemia de Covid-19, infortunio de público y notorio conocimiento”.
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