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El acusado tiene 21 años
El juez de garantías Eduardo Silva Pelossi rechazó ayer un pedido de excarcelación que le formuló la defensa del joven acusado por el embiste trágico en Lisandro Olmos, que provocó la muerte de tres personas.
La resolución del magistrado se fundó, de acuerdo a fuentes judiciales, en los peligros procesales que representó la conducta desplegada en los instantes posteriores al evento fatal.
Como se recordará, de acuerdo a los voceros consultados por este diario, el imputado, de 21 años, identificado como Rony Fernando Aguilera Pizarro, alias “Cholo”, huyó de la escena de horror, no avisó a nadie lo ocurrido y estuvo varias horas escondido en calidad de prófugo.
De hecho, a pedido del fiscal Fernando Padován, el automovilista estuvo con pedido de detención y, hasta orden de captura internacional, ya que, siendo extranjero, se especulaba con la posibilidad de que intentara cruzar la frontera hacia Bolivia, donde tendría familiares.
Si bien las causas del siniestro son motivo de análisis y, no está acreditada la responsabilidad penal en el evento dañoso, para lo cual se están realizando distintos peritajes, la conducta de abandono de la víctima, de acuerdo al planteo de los investigadores, es un elemento que complica sobremanera su situación procesal.
Al parecer, Aguilera Pizarro no tiene antecedentes penales, pero sin embargo, eso no fue merituado por Silva Pelossi.
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“Advierto que respecto del nombrado obran claros indicios de peligro de fuga y entorpecimiento procesal, que por cierto no se amparan en una fórmula genérica y abstracta, sino que se erigen a partir de un razonamiento lógico, fundado y consecuente de la estricta valoración de las constancias de la causa”, se expresó en el fallo.
“Es necesario advertir como lo hiciera en circunstancias de convertir la aprehensión en detención del causante de autos, que Rony Fernando Aguilera Pizarro se desplazaba en horas de la noche en una zona rural, despoblada y sin iluminación, que el mismo no tendría carnet habilitante para conducir, como así también la conducta asumida inmediatamente luego del hecho, dándose a la fuga en un comportamiento que implica un desprecio por la vida humana y por el respeto de la ley, lo que se trasluce en una actitud contraria a la norma, sumando a ello lo expuesto por el Fiscal en relación a que dicha actitud configura un “extremo que permite sostener su falta de colaboración con la acción de la justicia y el peligro cierto de entorpecimiento probatorio o de alteración de aquellos elementos que faciliten la comprobación o descubrimiento de la verdad...”, agregó la resolución.
Las víctimas de este penoso incidente de tránsito fueron Marcos Blas Cardozo (sufrió politraumatismos y un shock hipovolémico); Alex Caro Ríos (sufrió politraumatismos y un shock hipovolémico) y Eudalina Caro Ríos (sufrió politraumatismos), en base a información oficial.
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