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Con la promulgación de la Ley Bases y el paquete fiscal quedó eliminado el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, que establecía un gravamen del 1,5% para el traspaso de las propiedades que habían sido compradas con anterioridad al 01/01/2018 y no eran la casa habitación.
Mediante el Título IV de la Ley N° 27743, se derogó el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles a partir de la publicación en el Boletín Oficial, o sea a partir del 08 de julio.
La medida fue celebrada por el ministro de Economía, Luis Caputo a través de X: “Hoy terminamos con el ITI, un impuesto nefasto a las transferencias inmobiliarias, que estaba vigente desde 1991.”.
Para las propiedades que fueron compradas después del 1° de enero de 2018 seguirán tributando el impuesto cedular (15% de Ganancias sobre el resultado de la venta menos el costo actualizado) al momento de la venta.
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires emitió un comunicado donde indicó que “la Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata”.
“Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas”, señala el comunicado y aclara que “no hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso, y además que desaparece la consulta de residentes del exterior ya que las normas en vigor no la contemplan”, detallaron .
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