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La cantidad de personas que perciben el seguro de desempleo se duplicó en el primer semestre del año, en medio de una recesión de largo aliento.
En el primer semestre, 98.703 personas que perdieron el empleo registrado sin causa atribuible al trabajador comenzaron a cobrar el seguro o la Prestación por Desempleo.
Así se elevó a 111.851 el promedio mensual de los alcanzados por este seguro, que cobran un haber promedio de $182.858 mensuales.
Las altas de este año se duplican frente a las de igual período de 2023.
Habían sido de 49.910 y el promedio mensual de 64.457 personas.
De este total, 84.372 son varones y 27.479 mujeres.
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De las 98.703 altas, las más numerosas están en la construcción (36.488 trabajadores), la industria manufacturera (19.532), el comercio (15.389), actividades administrativas (6.768), servicio de transporte (3.753), servicios de comida y alojamiento (3.268) y salud y servicios sociales (2.708).
De los 111.851 que percibieron este seguro, 84.372 son varones y 27.479 mujeres. Residen en la Provincia de Buenos Aires 41.129; en Santa Fe, 7.787; en Córdoba, 6.991 y en CABA, 5.482.
Las personas que pueden cobrar el seguro por desempleo son los despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador que estuvo en relación de dependencia.
Mientras cobran este seguro –de hasta 12 meses- perciben también las asignaciones familiares y continúan con la cobertura de la obra social a la que están afiliados.
Y los meses del cobro de la prestación se computa como antigüedad para la jubilación o pensión.
Un requisito importante es haber tenido al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
En el caso del trabajador eventual y de temporada, el requisito es haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la conclusión del trabajo.
El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Las trabajadoras mayores de 45 años cobran durante 6 meses más.
El plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral. Los días que exceden de este plazo son descontados del total del período de prestación que le corresponda al trabajador/a.
El año pasado, el Consejo del Salario Mínimo dispuso que la prestación por desempleo debe ser equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese laboral que provocó el desempleo.
El desempleo aumentó 0,8 puntos porcentuales y alcanzó el 7,7% en el primer trimestre de este año frente al mismo período del año anterior.
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