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Política y Economía |Los reparos de algunos especialistas

A quiénes beneficia la ley para sacar los dólares del colchón

La Ley de Inocencia Fiscal actualiza montos del Régimen Penal Tributario, crea un sistema simplificado de Ganancias y permite utilizar dólares no declarados sin ser reportado por bancos o escribanos

A quiénes beneficia la ley para sacar los dólares del colchón
27 de Diciembre de 2025 | 17:31

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El Gobierno logró finalmente la aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal, sancionada el viernes por el Senado, tras seis meses de debate. La norma apunta a permitir que los contribuyentes utilicen sus dólares no declarados —los llamados “dólares del colchón”— sin riesgo de ser cuestionados por ARCA (la ex AFIP). La intención oficial es ofrecer una garantía frente a futuras administraciones para que los ahorristas puedan disponer de esos fondos sin estar obligados a justificar su origen.

En lo formal, la ley modifica la Ley 24.769 del Régimen Penal Tributario al actualizar los montos a partir de los cuales se considera que existe evasión impositiva. También eleva los valores que obligan a escribanos y entidades financieras a informar operaciones al organismo recaudador.

Entre los cambios más relevantes figura la suba del límite de evasión simple de 1,5 a 100 millones de pesos y de la evasión agravada de 15 a 1.000 millones. Además, se incrementan a 100 millones de pesos los valores considerados delito en casos de falsificación de facturas, y a 200 millones las deudas vinculadas a incumplimientos dentro de regímenes de beneficios fiscales.

La ley incorpora también una suerte de “perdón fiscal”: ARCA no avanzará con una denuncia penal si el contribuyente cancela la deuda y los intereses correspondientes. En los casos en que la denuncia ya haya sido presentada, se prevé extinguir la acción penal mediante el pago del total adeudado, los intereses y un adicional del 50%.

Otro punto relevante es la reducción del plazo de prescripción de las deudas impositivas, que baja de cinco a tres años.

Nuevo Régimen Simplificado de Ganancias

La norma crea el Régimen Simplificado de Ganancias, al que podrán adherir quienes registren ingresos anuales inferiores a 1.000 millones de pesos y posean un patrimonio menor a 10.000 millones, siempre que no estén catalogados como grandes contribuyentes.

El esquema implica un cambio central: ARCA dejará de evaluar el nivel de gastos y el patrimonio del contribuyente. El cálculo del impuesto se basará únicamente en los ingresos facturados y en los gastos deducibles. Si el contribuyente abona en tiempo y forma lo determinado por el organismo, queda liberado de otros reclamos por Ganancias.

Esto implica que quienes adhieran podrán adquirir bienes registrables —como autos o inmuebles— utilizando dólares no declarados sin quedar automáticamente bajo la lupa del organismo. Al mismo tiempo, bancos, concesionarias, escribanías y empresas de tarjetas ya no estarán obligadas a reportar estas operaciones.

Quiénes pueden beneficiarse

Especialistas advierten que los beneficios vinculados al uso de dólares no declarados para operaciones relevantes sólo aplicarán a quienes ingresen al Régimen Simplificado de Ganancias. Este esquema no incluye automáticamente a monotributistas ni a contribuyentes inscriptos en Ganancias que decidan no adherirse.

Para un monotributista que desee ingresar, la transición implica abandonar el régimen vigente y pasar al Simplificado de Ganancias, un proceso más costoso y administrativo, con una carga económica estimada entre dos y tres veces superior a la actual. Algunos tributaristas consideran necesario un mecanismo puente transitorio para facilitar ese pasaje.

Tampoco los empleados en relación de dependencia pueden acceder a los beneficios, salvo que se incorporen al régimen y comiencen a presentar declaraciones juradas anuales.

Quienes sí adhieran contarán con un “bloqueo fiscal”: la declaración será aceptada bajo presunción de exactitud y el organismo evaluará únicamente ingresos, deducciones y gastos, sin tomar en cuenta consumos o patrimonio.

Riesgos y límites

El régimen, sin embargo, no constituye un blanqueo. Aunque el contribuyente quede liberado si paga en término, esa presunción puede caer si ARCA detecta lo que la ley define como una “discrepancia significativa”, por ejemplo, si se identifica una omisión de ingresos que supere el 15% del impuesto correspondiente.

El organismo puede detectar irregularidades mediante denuncias de terceros u otras fuentes de información. Aunque la ley reduce la cantidad de datos que ARCA recibe —ya que los escribanos dejan de informar escrituras y los bancos sólo reportan depósitos superiores a 50 millones de pesos—, sigue existiendo la posibilidad de que el organismo detecte inconsistencias.

Especialistas señalan que el uso de dólares no declarados para consumos habituales y pagos en efectivo probablemente quede fuera de la mira. Pero advierten que el objetivo oficial es que esos fondos se utilicen para adquirir bienes registrables. En ese tipo de operaciones, eventuales inconsistencias podrían derivar en ajustes sobre el impuesto a las Ganancias.

Algunos analistas consideran que, pese a no ser un blanqueo, la norma podría atraer a pequeños ahorristas que no ingresaron al blanqueo de 2024 por sus requisitos documentales. Argumentan que muchos ahorristas guardaron dólares obtenidos por ingresos lícitos —sueldos, actividades registradas o emprendimientos— pero recurrieron al mercado informal ante las restricciones que impedían comprar divisas en bancos.

Impacto en el sistema penal tributario

La actualización de los parámetros para denuncias por evasión, que pasan de 1,5 a 100 millones de pesos, permitirá que numerosas causas de montos considerados menores salgan de los tribunales. El ajuste apunta a reducir la carga judicial y dejar solo los casos de mayor relevancia económica.

El nuevo sistema, en el que ARCA elabora la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, también reducirá los costos de asesoramiento contable para los contribuyentes.

Multas automáticas

Los contadores manifestaron preocupación por el fuerte aumento de las multas automáticas por incumplimiento en la presentación de declaraciones juradas, que pasan de 200 a 200.000 pesos. Aunque el incremento responde a una actualización de valores, advierten que el impacto será considerable para contribuyentes pequeños y profesionales que puedan incurrir en un olvido.

Las críticas llevaron a que las autoridades adelantaran la intención de suavizar el efecto de estas sanciones. Según explicaron referentes del sector, el sistema no debería aplicar la misma penalidad a un pequeño comercio que incumple una presentación que a una gran empresa con capacidad económica muy superior.

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