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El juez que prohibió los audios de Karina acumula ocho denuncias en su contra
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El juez federal en lo civil y comercial, Alejandro Patricio Maraniello, quien dictó la medida cautelar para frenar la difusión de los audios atribuidos a Karina Milei, está actualmente bajo investigación en el Consejo de la Magistratura. Allí pesan en su contra nueve denuncias disciplinarias, de las cuales cinco corresponden a casos de acoso sexual contra empleadas de su juzgado.
En 2024, la Asociación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial logró que se dispusiera una consigna policial durante el horario laboral dentro de su juzgado, con el objetivo de proteger al personal ante posibles situaciones de violencia o acoso por parte del magistrado.
El aviso formal sobre estos expedientes fue notificado a Maraniello el 19 de agosto. Ahora tiene un plazo de 20 días para presentar su defensa, nombrar abogado, ofrecer pruebas y formular su descargo ante la Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura.
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Entre las causas más graves figuran relatos de empleadas que denunciaron hostigamiento sexual apenas ingresaron a trabajar. Una de ellas refirió haberse visto presionada para salir con el juez fuera del horario laboral y haber sido víctima de tocamientos no consensuados. En otro caso, una trabajadora recibió mensajes en redes sobre su vestimenta, comentarios inapropiados, miradas sugestivas y maltrato después de rechazar pedidos personales. Estas denuncias se radicaron también ante la Unidad de Bienestar Laboral.
Aunque varias víctimas no quisieron instar acción penal, la intervención de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres derivó en que el expediente fuera elevado a la juzgadora María Servini y al fiscal Carlos Stornelli, dadas las posibles implicancias penales del caso.
Estos antecedentes se superponen con la medida cautelar que Maraniello firmó este lunes, en favor del Gobierno, para prohibir la difusión de los audios que habrían sido grabados en la Casa Rosada. La resolución ordena el cese inmediato de su circulación en medios y redes, destacando que no busca restringir la libertad de prensa, sino proteger bienes jurídicos como el honor, la intimidad y la seguridad institucional.
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