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En febrero de 2023, un chico de 3 años se ahogó en la pileta de una quinta de Los Hornos. Su abuela es la única imputada, pero la mamá de la víctima exige la valoración de un video. “Hay otros responsables”, lanzó
La pileta donde murió ahogado el chiquito de 3 años / Captura de video
A partir del próximo 11 de mayo y, por tres jornadas, se llevará a cabo el juicio oral contra la abuela paterna de un nene de tres años, que falleció ahogado en una pileta de Los Hornos el 26 de febrero de 2023. Sin embargo, la tragedia tiene aún varios cabos sueltos por situaciones que parecen desprenderse de la investigación, lo que genera mayor indignación y dolor. También que el reclamo de Justicia se mantenga inalterable.
El proceso estará a cargo del titular del Juzgado Correccional Nº 1 de La Plata, Patricio Gandulfo, quien deberá definir si la mujer es autora responsable del delito de “homicidio culposo”, tal como surge de la calificación legal con la que la causa llegó a la instancia de debate.
Curiosamente, según menciona -Elizabeth- la mamá de la víctima, que cuenta con la representación de Ignacio Fernández Camilo en el rol de particular damnificada, la que está acusada por el hecho no se encontraba en ese instante cerca de la piscina, sino en otro sector del inmueble -de la calle 153 entre 68 y 69- abocada a tareas de limpieza y reacomodamiento, ya que la noche anterior se había festejado un cumpleaños de 15 en el lugar.
Además precisó que hay una prueba clave de lo sucedido, pero que no han tomado en debida consideración para ampliar las imputaciones.
Se trata del video de una cámara de seguridad interna, que grabó la terrible secuencia. Desde que la víctima, identificada en las actuaciones como Killian Faruolo Casas, ingresó al natatorio rodeado de gente, hasta que se sumerge sin que nadie lograra advertirlo.
Desde la acusación, se apunta al menos a otro familiar del chiquito, quien estaba sentado de frente hacia él, pero que argumentó haberse quedado dormido y sin posibilidad alguna de reacción.
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Sin embargo, según expresa tanto la mamá de Killian como su abogado, en las imágenes se apreciaría claramente lo contrario.
“En un momento creo que alrededor de las 17:30 horas, me recuesto en una reposera y me duermo, no se cuanto tiempo pasó, en eso viene mi primo G. A. (hijo), me tira agua y a raíz de eso me despierto. Observé que no había nadie en la pileta. Yo quedo despierto y descansando en la reposera y a mi lado quedó G. con otros amigos. En eso viene el hijo de mi primo M., el nene se llama R. y pregunta dónde había gaseosa y mi primo G. le dice allá en el frezzer. El nene va por la orilla de la pileta en dirección al frezzer y ve a Killian en la pileta y nos da aviso”, fue su relato al testificar ante los investigadores.
Para la mamá de la víctima la proceso tiene graves defectos y por eso mantiene su reclamo judicial
El punto central, entonces, parece ser quién estaba a cargo del pequeño.
Ausentes tanto su padre como su madre, que se encontraban separados en base a la información que brindó el doctor Fernández Camilo, quien llevó a la propiedad a Killian habría sido la abuela. Y ese detalle para quienes intervinieron en el proceso es un dato que no se puede soslayar.
Fue el fiscal Carlos Vercellone, tras analizar las distintas declaraciones brindadas en el expediente y definir que la abuela era la persona que se encontraba al cuidado del menor al momento del hecho, el que dispuso la elevación de la causa a juicio.
“En virtud de los elementos que a continuación se analizarán, entiendo que el accionar de la imputada merece reproche. La conducta desplegada por la misma lejos estuvo de observar los deberes de cuidado y prevención que en su posición como responsable del menor debió observar”, sostuvo en su resolución.
“Si bien no basta que con tal accionar haya infringido el deber de cuidado a su cargo, ni que con ello haya aumentado el riesgo lícito permitido, provocando de este modo el resultado dañoso, al encontrarse acreditado que este último es consecuencia directa de aquella infracción -relación causal - es que entiendo corresponde atribuir responsabilidad a la imputada en el presente hecho, desde que -de acuerdo a sus posibilidades de acción en el caso concreto-podría haberse evitado el luctuoso hecho”, explicó.
También que “que conforme surge de las constancias colectadas en la investigación, la encartada de autos desatendió con evidente negligencia los deberes de cuidado a su cargo como responsable del menor, dejando al niño en el parque de la vivienda, en el cual se hallaba emplazada una pileta de material sin vallado, dirigiéndose al interior de un quincho, ello sin tomar los recaudos necesarios para preservar su integridad física”.
El doctor Fernández Camilo informó que aún mantiene un recurso por arbitrariedad en la valoración probatoria, que actualmente se encuentra radicado en la Cámara Penal. Todo porque más allá de que está el video, “no lo toman como elemento de cargo”.
“Ese video fue obtenido gracias a la tarea de la mamá de Killian, que se plantó, sacó fotos y demostró que había cámaras en el lugar”, mencionó.
“La fiscalía nunca aceptó nuestra postura como válida. Ni siquiera la analizó. Hemos hecho múltiples presentaciones y ahora estamos con este planteo en Cámara, luego de un rechazo por parte del juez de garantías Agustín Crispo”, aclaró.
Sucede que, al llegar el expediente para el debate al Juzgado Correccional de Gandulfo, Fernández Camilo planteó que a su entender debería intervenir un tribunal criminal. ¿La razón? Para la querella privada se está ante un delito de “homicidio simple con dolo eventual”, que excede la órbita de intervención del fuero designado.
“Tenemos la vía recursiva abierta. Casación y, de ser necesario, los organismos internacionales. Pero si esto se mantiene en el Correccional, seguramente no vamos a impulsar la acusación contra la abuela, ya que entendemos que la persona que está imputada no debería estarlo o debería estar acompañada por otros”, indicó el letrado.
Además ponderó en su momento la intervención de la fiscal María Scarpino, que ella sí compartió su criterio, aunque después desde la Fiscalía General, por una disputa de competencia con la UFI Nº 16, decidió que todo se mantuviera en la órbita de los Delitos Culposos.
“Se concluye que el menor -incapaz de valerse por sí mismo- se encontraba en dicho momento abandonado a su suerte, siendo que -repito- ni aquellas personas que se encontraban dentro del quincho (...), ni quienes estaban alrededor de la pileta, pudieron observarlo cuando cae desde la playa húmeda hacia una parte más profunda”, había expresado en su momento Scarpino.
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