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La Suprema Corte bonaerense dejó firmes las multas contra Rappi y Pedidos Ya

La Suprema Corte bonaerense dejó firmes las multas contra Rappi y Pedidos Ya
11 de Abril de 2026 | 18:07

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El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires puso el foco en el reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que dejó firme una multa millonaria contra Rappi y ratificó sanciones sobre PedidosYa, y destacó que la decisión judicial representa un fuerte respaldo al accionar del Estado en el control de las plataformas digitales.

Desde la cartera laboral remarcaron que “en sus rasgos centrales confirman sendos fallos del Tribunal de Trabajo Nº2 de La Plata respecto de la imposición de multas por parte de esta cartera a dos conocidas empresas de plataformas”, en alusión a ambas firmas, subrayando la continuidad de un criterio que valida las inspecciones y sanciones aplicadas.

El organismo fue contundente al interpretar el alcance del fallo: “Las decisiones representan un fuerte respaldo al poder de policía del Ministerio y a su facultad de interpretar normas jurídicas —en este caso, sobre la existencia de una relación laboral-”.En esa línea, enfatizaron el encuadre constitucional: “Las sentencias demuestran que en nuestra Provincia aún rigen los artículos 14 bis y 121 de la Constitución Nacional y el artículo 39 de la Constitución Provincial”.

Además, desde el Ministerio aseguraron que el fallo consolida una política sostenida: “Se confirma el indeclinable camino de la gestión del gobernador Axel Kicillof de velar por los derechos de las y los trabajadores, constituyendo una política de Estado”.

La Corte dejó firmes las sanciones y validó las inspecciones

El fallo del máximo tribunal rechazó los recursos presentados por las empresas y ratificó la legalidad del procedimiento administrativo llevado adelante por la autoridad laboral bonaerense.

Los jueces consideraron válidas las inspecciones, el valor probatorio de las actas y concluyeron que las compañías no lograron desvirtuar las infracciones detectadas. Además, cuestionaron la falta de fundamentos en los recursos al advertir que no se precisaron con claridad las normas supuestamente vulneradas.

En ese marco, también quedó firme la sanción económica superior a los 16 millones de pesos en el caso de Rappi, considerada legal, proporcional y no confiscatoria.

Un antecedente clave en el debate sobre plataformas
Las sanciones tienen origen en un operativo realizado en 2020 en el que se relevaron 172 trabajadores realizadas en La Plata, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza., detectándose irregularidades generalizadas como la falta de cobertura de salud laboral, aguinaldo y vacaciones en más del 97% de los casos. En ese momento, la provincia emitió sanciones contra Rappi, Pedidos YA y Glovo por “falta de registración del trabajo y de condiciones laborales”.

Aunque la Corte evitó pronunciarse de fondo sobre el encuadre laboral de los repartidores, en la práctica dejó firme lo resuelto en instancias previas, donde se había aplicado la presunción de relación laboral.

Con este fallo, la Provincia refuerza su postura en el debate sobre el trabajo en plataformas: el Estado tiene facultades para fiscalizar, sancionar e interpretar la normativa vigente frente a nuevas formas de empleo.

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