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Admitió tramitar un recurso de amparo que solicita postergar el aumento implementado por el Gobierno que rige desde el 1º de abril
La Justicia Federal de La Plata admitió tramitar una nueva demanda colectiva contra la última suba tarifaria del gas para los usuarios residenciales de todo el país, al hacer lugar a un recurso de amparo presentado por la asociación civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), informaron fuentes judiciales.
El titular del Juzgado Federal Nº2, Adolfo Gabino Ziulu, aceptó tratar el amparo colectivo en el que se pidió postergar al menos hasta mayo el aumento en la tarifa de gas que rige desde el 1º de abril, por considerar que se trata de una “suba inconstitucional”.
Paralelamente, el magistrado le otorgó un plazo de tres días al ENARGAS y al ministerio de Energía y Minería de la Nación para que emitan un informe sobre el nuevo cuadro tarifario, para resolver sobre la medida cautelar presentada por el CEPIS.
CEPIS es la misma organización no gubernamental que en 2016 demandó al Estado bajo el argumento de que el incremento de tarifas no era razonable y que violaba la obligación de realizar previamente audiencias públicas, una causa que finalizó en la Corte Suprema y que obligó al Estado nacional a frenar la suba dispuesta y armar un nuevo esquema para poder implementar los ajustes.
La entidad había argumentado que el Gobierno anticipó "un mes la aplicación del aumento del 40% en la tarifa de gas natural por redes, cuando la normativa vigente establece que el nuevo cuadro tarifario recién se puede aplicar a partir del 1° de mayo de 2018".
"De modo tal que si se aplica desde el 1° de abril afectaría los derechos constitucionales de los ciudadanos", subrayaron en el CEPIS.
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El titular de la entidad, Mariano Lovelli, explicó hoy que “en la presentación se solicitó que la Justicia ordene al ENARGAS que proceda a aplicar los nuevos cuadros tarifarios a partir del mes de mayo del corriente año, hasta tanto se dicte sentencia de fondo en los presentes obrados”.
“Pedimos que la Justicia dicte una medida cautelar respecto de los efectos de las Resoluciones 300 a 309/2018 atento a su manifiesta inconstitucionalidad", agregó Lovelli.
El letrado manifestó que "como las cautelares contra el Estado no se pueden dar sin tener una primera escucha al Gobierno, el magistrado declaró admisible el amparo, le otorgó carácter colectivo para que representemos a todos los usuarios residenciales de gas del país, pero ordenó que el Estado emita un informe en el plazo de tres días".
Sostuvo que "tras ese plazo, el juez estará en condiciones de dictar la medida cautelar, más allá de que después continúe el proceso".
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