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Arrancó abril y llega la mayoría de los vencimientos de los servicios públicos. A través del decreto 311/2020 se dieron algunas directivas en lo que respecta al gas, agua corriente, energía eléctrica, telefonía, entre otros rubros. En nuestra región, Camuzzi dio a conocer quiénes están incluidos en esta medida de excepción ante la situación generada por la pandemia; Aguas Bonaerenses indicó que “se está analizando un corrimiento del vencimiento de la factura” y que “no está contemplada la interrupción del servicio”, mientras que en Edelap aseguraron que “se aguarda la resolución del organismo de control, Oceba”.
Camuzzi, que opera el servicio de gas, informó que “se cumplirá con todas las disposiciones vigentes” para “mitigar el impacto que la pandemia del coronavirus pudiera generar en los usuarios más vulnerables del servicio”. Y agregó: “se ha dispuesto la suspensión temporaria del corte de suministro a un grupo de usuarios que, durante el plazo de 180 días, adeuden un total de 3 facturas consecutivas o alternas, incluyendo aquellas con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020.
Los usuarios alcanzados son los siguientes: “beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; inscriptos en el Régimen de Monotributo Social; jubilados, pensionados, y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles; trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; quienes perciben un seguro de desempleo; electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351; usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844); aquellos que estén exentos del pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza; micro, pequeñas y medianas empresas (Ley N° 25.300) afectadas en la emergencia”.
En tanto, desde Aguas Bonaerenses remarcaron que “se está analizando la posibilidad de generar un corrimiento del vencimiento de la factura para el día 20 de abril. Y agregaron que “no está contemplada la interrupción del servicio”.
A su vez, remarcaron que “la empresa tiene a disposición de los usuarios los medios alternativos por los cuales podrá realizar trámites sin moverse de su casa, a través de la web, www.aguasbonaerenses.com.ar
Por su parte, fuentes de Edelap informaron que “OCEBA –organismo de control de empresas de electricidad en el territorio bonaerense- aún no emitió la resolución que aplica el decreto de necesidad y urgencia –el DNU 311/2020- en la provincia de Buenos Aires. Una vez que se conozca la resolución se informará” al respecto.
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En tanto, desde la Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica de la República Argentina (Adeera) expresaron la “preocupación ante la fuerte caída en la recaudación”. Y remarcan que “dicha disposición suspende el corte del servicio a aquellos usuarios que el Estado consideró como vulnerables y a otros sectores exceptuados, perfectamente identificados en la norma”, pero “estamos percibiendo que la interpretación y la difusión errónea o indebida de los alcances del decreto llevó a que una parte importante de nuestros consumidores no abone su factura por el servicio eléctrico, sin mayor justificación y a pesar de no estar incluidos en las excepciones”.
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