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La decisión del Poder Ejecutivo nacional de intervenir a la empresa cerealera Vicentin mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) constituye, por lo pronto y según la opinión de reputados juristas, una manifiesta ilegalidad toda vez que, si se hubiera demostrado que hubo irregularidades o delitos, el que debe actuar es el juez que tiene a cargo el proceso concursal.
Asimismo, desde el punto de vista constitucional, la intervención impulsada viola el principio republicano de división de poderes, al interrumpirse en forma arbitraria un proceso judicial en curso, avasallándose además con principios básicos de la ley de quiebras. Se cuestiona, entonces, la baja calidad constitucional, al permitirse que un decreto pretenda reemplazar el funcionamiento normal de las leyes y del Congreso, algo que implicaría el otorgamiento de la suma del poder público.
Como se sabe, las normas concursales determinan distintos procedimientos para dirimir las eventuales diferencias entre deudores y acreedores, de modo que el DNU del Ejecutivo desnaturaliza claramente los motivos por los cuales puede ser empleado este instrumento, ya que en el caso Vicentin no existía ni existe necesidad o urgencia.
Aquí, como se dijo, había una justicia actuando -con la empresa Vicentin en pleno desarrollo de sus operaciones y pagando los sueldos del personal, al margen de la insolvencia circunstancial en la que se encontraba- y no se habían profundizado las negociaciones entre accionistas y los diversos grupos locales y extranjeros para tratar de encontrar fórmulas de resolución de la crisis financiera. No existe tampoco, entonces, una motivación económica certera que justifique la medida.
Se dijo, inclusive, que las negociaciones iban encaminadas a una cesión por la empresa de su participación accionaria a sectores interesados, con experiencia en la gestión de este tipo de negocios y que habían asegurado ya que aportarían el capital necesario para superar los problemas financieros de Vicentin. Se prefirió, en cambio, el modelo expropiatorio que atenta contra los derechos de la propiedad privada.
El Estado argentino ha demostrado ya, largamente, no ser eficiente en la administración de empresas. Ferrocarriles, empresas energéticas, Aerolíneas Argentinas, los ejemplos abundan. Un Estado sobredimensionado como empresario que no logra los niveles mínimos de eficiencia en la prestación de los servicios esenciales en salud, educación y seguridad. Hace décadas que en esos aspectos no se cuenta con los recursos necesarios para atender esos temas que hacen a la esencia misma del sector público.
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La intervención sobre Vicentin añade, además, un enorme grado de inseguridad jurídica en el país, justo cuando más se requiere de plenas garantías para los inversores extranjeros y argentinos.¿Quién podrá arriesgarse a volcar capitales en un país que adopta decisiones sorpresivas e ilegítimas en perjuicio de las empresas?
Los reclamos planteados desde los sectores productivos de granos de la provincia de Santa Fe, en donde se encuentra la planta central de Vicentin, apuntan a defender a una empresa que hace cerca de un siglo los atendió en forma puntual, pagándoles las cosechas –en este caso de soja- en forma puntual. Sin embargo, más allá de ellos, la maltrecha economía argentina necesita que exista la mayor transparencia en las políticas que se impulsen. De allí que es de aguardar que las autoridades reviertan esta situación tan negativa, como la que se ha creado ahora.
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