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Con una inflación que toca el 50 por ciento anual y una moneda que se devalúa continuamente, el dólar amenaza cada vez más a las inversiones en pesos. Una balanza que, en medio de la campaña electoral, el Gobierno se propone inclinar con medidas como la oficializada ayer: los intereses de los plazos fijos en UVA, obligaciones negociables, fondos comunes de inversión, fideicomisos y otros instrumentos financieros en moneda nacional no pagarán Ganancias ni Bienes Personales.
La iniciativa -publicada en el Boletín Oficial- busca “fomentar la inversión productiva en pesos” a través de las modificaciones a la Ley del Impuesto a las Ganancias aprobadas el mes pasado en el Congreso.
Por ejemplo, durante su paso por Diputados se eliminó del proyecto uno de los puntos polémicos: el artículo tercero, que permitía gravar con Bienes Personales los plazos fijos que no se depositen por un plazo menor a 275 días. Finalmente, primó el propósito de incentivar mediante la política fiscal las inversiones en moneda nacional.
En el caso de Ganancias, la nueva normativa dispuso la exención a los intereses o la denominación que tuviere el rendimiento producto de la colocación de capital en los instrumentos emitidos en pesos destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo nacional.
En este conjunto se incluyen los intereses de plazos fijos UVA que se ajustan por inflación y otros depósitos con cláusulas de ajuste.
Además, exime de Bienes Personales a las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional, que son básicamente colocaciones de deuda de las empresas privadas; los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva; las cuotapartes de fondos comunes de inversión y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen sido colocados por oferta pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores.
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En este punto se contemplan los fondos comunes de inversión y los fideicomisos que inviertan mayormente en títulos, bonos y demás valores emitidos por la Nación, las provincias, los municipios y la ciudad de Buenos Aires; como también depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en el país, y a plazo fijo o en caja de ahorro. En tanto, la ley deja aún por establecer el porcentaje mínimo de depósitos y bienes que como activo subyacente principal deberán tener los fondos comunes de inversión y los fideicomisos financieros para acceder a las exenciones impositivas establecidas.
En ese sentido, se subraya que “no se tendrá por cumplido el porcentaje si se produjera una modificación en la composición de los depósitos y bienes que los disminuyera por debajo de ese mínimo, durante un período continuo o discontinuo de, como mínimo, 30 días en un año calendario o el equivalente a la proporción de días considerando el momento de ingreso al patrimonio de las cuotapartes o certificados de participación o valores representativos de deuda fiduciaria hasta el 31 de diciembre”.
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