

La Justicia anuló el decreto que llevaba la Zona Roja al Bosque
Misterio mortal en el Centro: una víctima y un montón de interrogantes
Teatro, música, shows y más en la agenda para este finde en La Plata
¿Vamos al cine? Hasta el domingo, hay 2 x 1 con el cupón de EL DÍA
Feriados trasladables: ¿qué finde largo podría sumarse este 2025?
Covid: el riesgo sigue y buscan revertir la caída de la vacunación
Actividades: curso, encuentro coral, taller de plástica y festejo
La oposición reactivó la comisión $LIBRA, con un “lilito” al mando
Bajan todos los dólares y suben los bonos, las acciones y el riesgo país
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
La Cámara Federal de la Seguridad Social desestimó ayer el pedido elevado por la diputada de Juntos por el Cambio Graciela Ocaña para que la causa contra el cobro por parte de la vicepresidenta Cristina Kirchner de una doble pensión de previlegios lo resolviera la Corte Suprema.
Días atrás, la Anses, que ya le paga a la expresidenta lo que ella reclamaba en el juicio, había pedido a la justicia que no se le diera curso a esa solicitud.
La sentencia, según el portal del diario La Nación, fue emitida por los jueces Néstor Fasciolo y Sebastián Russo, de la sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social. El tercer integrante de esa sala, Fernando Strasser, estaba ya fuera de la causa por una recusación.
En su fallo, los jueces sostienen que “el recurso extraordinario deviene extemporáneo” y agregan que, sin perjuicio de ello, la decisión antes adoptada en cuanto a no admitir a la presentante como interviniente en la causa “se funda en la aplicación e interpretación de disposiciones legales vigentes cuya constitucionalidad no fue cuestionada”.
La presentación de una solicitud para que se evitara el archivo del expediente, fue concretada por Ocaña a fines de noviembre pasado. En octubre, los jueces camaristas habían dado por desistida la apelación que, como parte demandada, la Anses había presentado en febrero de 2021 contra la sentencia de primera instancia.
LE PUEDE INTERESAR
VIDEO. Incendios en Corrientes: el fuego llegó a viviendas
LE PUEDE INTERESAR
Un partido nuevo en busca de “influencia provincial” de cara a 2023
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$670/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6280
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$515/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4065
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí