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El Banco Central extendió las restricciones para importar establecidas en la comunicación A 7532, sancionada el 26 de junio pasado. La medida había endurecido las condiciones necesarias para acceder al mercado de cambios con el fin de pagar importaciones, achicando cupos mensuales y poniendo el foco sobre las compras de empresas.
Según explicó la entidad en un comunicado, “el Directorio del Banco Central dispuso prorrogar hasta el 31 de diciembre próximo la distribución del cupo mensual vigente para importar y la obligatoriedad de financiar a 180 días las importaciones que se cursan a través de las SIMI B”.
Esas medidas, según la mencionada comunicación, habían sido sancionadas únicamente por un trimestre y en principio iban a regir hasta el 30 de septiembre. El fundamento de la extensión residía en que esos meses serían los más complejos en términos cambiarios ya que el BCRA debía afrontar fuertes pagos por la importación de energía. Pese a que ese gasto ya comenzó a reducirse, el Central extendió las restricciones por lo que resta del año.
“La decisión del Banco Central es evitar atacar este problema desde la reducción de la demanda o un salto devaluatorio. Por eso se incrementó el financiamiento de importaciones. Esto nos puede ayudar a superar esta dificultad que nos trae, especialmente en los meses de invierno, la importación de energía. Esperamos reducir el impacto de las importaciones en los próximos meses y acumular reservas. Cuando baje el consumo de importaciones de energía, vamos a volver atrás con esta medida”, señaló el presidente del Banco Central, Miguel Pesce, al sancionar la medida.
De esa forma, las pequeñas y medianas empresas quedaron exceptuadas de las exigencias vigentes de financiar sus importaciones por un incremento de 15% respecto al año anterior, con un límite de hasta u$s1 millón.
Asimismo, las SIMI categoría A mantuvieron el acceso al mercado de cambios por el equivalente al promedio mensual de importaciones de 2021 más 5% o de 2020 más 70%.
Por su parte, se fijó que las SIMI categoría B, correspondientes a las licencias no automáticas, podrán acceder al mercado a partir de 180 días del despacho a plaza.
También se dispuso en aquel momento, en coordinación con el entonces Ministerio de Desarrollo Productivo, ampliar las posiciones arancelarias de bienes equivalentes a los producidos en el país que tendrán acceso al mercado a partir de 180 días y la de bienes suntuarios que podrán acceder a partir de los 360 días.
En cuanto a las importaciones de servicios, se equipararon en el tratamiento a la de bienes permitiendo el acceso al mercado por el mismo monto que en 2021 y en caso de superar el importe el saldo a 180 días.
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