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Pago versus compensación económica por viáticos, una simple discusión de términos que genera un gris legal y permite la comercialización de óvulos en la Ciudad y el país
En las redes sociales existen publicaciones que invitan a la donación o venta de óvulos, revelando el área gris desde lo legal que rodea a la ovodonación / ig y web
Camila Moreno
cmoreno@eldia.com
“Los óvulos se van perdiendo mes a mes hasta la menopausia, vos podes darle utilidad”, reza una publicación de Instagram e incita a mujeres jóvenes a que se animen a donar. Acto altruista si los hay el de darle la oportunidad a otra de cumplir el sueño de tener hijos. ¿Pero qué hay detrás de esta publicación? ¿Por qué cuentas en redes sociales se esmerarían en buscar donantes? ¿Es la donación de óvulos un simple acto desinteresado o hay algo más atrás?
Por supuesto que cuando se habla de donación el factor solidario está presente y es central; hay muchas personas que lo hacen porque genuinamente tienen ganas de ayudar a otras a concretar sus proyectos familiares. Pero al profundizar en el tema, rápidamente se puede ver que estas son las menos y que en la mayoría de los casos la donante percibe un resarcimiento económico a cambio de sus gametos.
Este pago no es algo que se oculta, sino todo lo contrario, se informa en muchas de las mismas cuentas que buscan concientizar sobre la donación. “Las donaciones de óvulos son compensadas económicamente, se compensan el tiempo y los gastos”, explica una de las publicaciones que circulan en Instagram, que si bien no otorga datos en su perfil, basta con buscar en sus posteos para encontrar que se trata de una cuenta secundaria de un centro de fertilidad.
Una clínica que se dedica a la fertilización capta mediante redes sociales posibles donantes, a las que les abonan 100 mil pesos a modo de “viático y compensación por lucro cesante”. No es un pago, es una compensación, aclaran con firmeza ante la suspicacia que despierta el tema.
Esto puede constatarse con un simple llamado al lugar. Basta con una consulta en la que una mujer se muestre interesada en donar para que desde el centro le confirmen que a cambio recibirá 100 mil pesos y que si decide hacerlo más de una vez el monto se irá incrementando en cada ocasión. Antes de dar esta información, del otro lado solo preguntan la edad, el peso y la altura de la mujer y le comentan que deberá someterse a una serie de estudios que demorarán entre cuatro y cinco meses. En el caso de aceptar, inmediatamente se pacta una cita con una médica del lugar.
Parece una forma sencilla para ganar dinero, sobre todo para quienes se encuentran en un apremio económico. En esos caso, qué mejor que hacerse de 100 mil pesos con algo que “no va a usar” y que tal como indican en la publicación, no le traerá consecuencias a futuro a la mujer, ya que “donar óvulos no disminuye tu reserva de óvulos. En términos simples no se gastan los óvulos por donar”, aclaran en otro posteo.
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Ahora del otro lado del mostrador se encuentran las personas que desean tener un hijo y deben recurrir a estos tratamientos de fertilización mediante ovodonación, que si bien a priori y según lo estipula la Ley de Reproducción Médicamente Asistida deben ser cubiertos por prepagas y obras sociales, son procedimientos que según el centro al que se asista rondan los 600 mil pesos.
En un extremo las personas que “van perdiendo mes a mes” sus óvulos, del otro las que los necesitan; en medio, un intercambio de dinero “matizado” detrás de compensación por viáticos y lucro cesante. Entonces ¿se puede hablar de que existe una comercialización? ¿Hay alguien que se aprovecha de ambas partes con fin comercial? ¿Hasta dónde todo esto es algo legal?
Consultado por EL DIA, Martín Labombarda, docente de Derecho Privado de la UNLP, indicó que “la mercantilización de todo lo que tiene que ver con la reproducción humana asistida tiene una visión ética bastante objetable y con muchos reparos se coloca bajo los argumentos de viático, de gastos de traslado, de indemnización por gastos o ganancias que ha dejado de percibir la persona al donar, lo que en verdad termina siendo un pago o un desembolso de dinero. Pero esto no se hace de manera tan pública o tan explícita en muchos casos para evitar ciertas críticas o reproches”.
Compensación económica versus pago, ahí radica la cuestión y lo que parece una discusión semántica resulta el escudo perfecto detrás del que se esconden los involucrados.
“Lo cierto es que desde la óptica del derecho y hasta en el uso corriente del lenguaje -donde sabemos que las palabras pueden tener distintas cargas emotivas para quien las escucha-, no será lo mismo hablar de remuneración o pago, que hablar de compensación económica. Los primeros implican, en esencia, una contraprestación. La compensación, en cambio, apunta a recomponer algún desequilibrio o desembolso patrimonial. Pero si bien en la teoría las diferencias son claras, en los hechos la línea divisoria muchas veces se torna difusa. Y allí es donde el silencio legal se termina convirtiendo en una dificultad”, argumentó Labombarda.
Uno de los factores que colabora con esto es la falta de legislación que regule la actividad. “En Argentina las técnicas de reproducción humana asistida continúan llevándose adelante sin un régimen específico que considere todos los aspectos que de ella se derivan”, expuso el abogado y manifestó que “si bien a la luz de la legislación civil se ha avanzado en el aspecto filiatorio a través del concepto de voluntad procreacional y al amparo de leyes especiales se han conquistado derechos en lo que atañe a la cobertura asistencial, asuntos como la onerosidad o gratuidad de la dación de gametos o el debate sobre los embriones humanos no implantados y sus destinos -entre otros aspectos-, continúan a la espera de una respuesta legislativa más concreta”.
Vale señalar que hubo intentos legislativos de regularizar la situación, uno “hacía especial hincapié en que la dación de gametos no podía tener carácter lucrativo o comercial. Sin embargo, sí preveían una compensación económica que tenía por objeto reparar las molestias físicas y/o los gastos de desplazamiento y laborales en que podía incurrir la persona donante, desalentando explícitamente la idea del incentivo económico”, señaló Labombarda. De todos modos, como tantos otros proyectos, no completó el camino parlamentario.
Esta falta de legislación empantana el terreno y genera el escenario propicio para que prosperen estos negocios, que sin ningún prurito son publicitados en las redes y que con la máscara de ayuda y donación mueven miles de pesos en la Ciudad y el país.
A las donantes les abonan $100 mil a modo de viáticos y compensación por lucro cesante
En las redes sociales existen publicaciones que invitan a la donación o venta de óvulos, revelando el área gris desde lo legal que rodea a la ovodonación / ig y web
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