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Tendrán que dedicar hasta cinco horas diarias a esas actividades, como una contraprestación por el gasto que representan
El gobierno busca que los reclusos realicen actividades de limpieza y mantenimiento / Web
CARLOS BAROLO
A través de una resolución firmada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, el Gobierno dispuso que desde ahora los presos alojados en cárceles federales estarán obligados a limpiar y hacer tareas de mantenimiento en los centros de detención en los que estén alojados. Cada detenido -tenga condena firme o sólo esté procesado- tendrá que cumplir un plazo de hasta cinco horas diarias dedicadas a esas actividades, sin remuneración. De lo contrario, recibirán una sanción que le impedirá acceder a una serie de beneficios.
La medida publicada en el Boletín Oficial tiene tres artículos. Allí se resolvió “establecer la obligatoriedad para todos los internos alojados en el Servicio Penitenciario Federal (SPF) de participar en las tareas de mantenimiento, limpieza, aseo e higiene de los espacios propios y comunes de los establecimientos penitenciarios. Estas actividades podrán ser llevadas a cabo durante cinco (5) horas diarias y no serán remuneradas”.
Se trata de una decisión que amplía el programa Manos a la Obra, que implementó el SPF con el objetivo de que todos los presos trabajen en las cárceles.
En octubre pasado, cuando se lanzó ese programa en la cárcel de mujeres de Ezeiza, Bullrich había dicho: “Este lanzamiento es un punto muy importante en el camino de las transformaciones y la reestructuración del Servicio Penitenciario Federal, y de la relación que tienen las personas privadas de su libertad con la deuda que tienen con la sociedad”.
Consultado sobre el tema, el subsecretario de Asuntos Penitenciarios, Julián Curi, apeló a una definición más coloquial para definir el objetivo del programa: “Hay que erradicar la cultura tumbera”, dijo.
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“Corresponde que los internos hagan tareas de limpieza y mantenimiento de espacios comunes”
La resolución del Ministerio de Seguridad es la número 1346. Allí se resaltó que “la ejecución de la pena privativa de la libertad tiene, entre otros fines, el de procurar la reinserción social y la reducción de la reincidencia”, según el artículo 18 de la Constitución Nacional, y los artículos 1 y 108 de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.
Agrega: “Las personas privadas de la libertad no son víctimas, sino victimarios de la sociedad en su conjunto y, en ese entendimiento, el esfuerzo estatal debe estar orientado a que reparen el daño causado y adopten hábitos orientados al reconocimiento de su responsabilidad individual”. Y explica que “la ociosidad de los internos conlleva al aumento ostensible de los índices de violencia y alteraciones al orden, a la vez que resulta funcional a una subcultura carcelaria vinculada al delito, contraria a la legalidad y a los fines de la reinserción social”.
Alejado claramente de la lógica del garantismo, también introduce la idea de la compensación de recursos. Dice: “Que con el fin de reparar el daño causado a la sociedad y compensar los recursos invertidos por el Estado Nacional en la articulación de un tratamiento penitenciario efectivo, es necesario que la totalidad de la población penitenciaria, en cualquier instancia de alojamiento que se encuentre, realice las actividades necesarias para el mantenimiento de los espacios propios y comunes”.
Y agrega que “corresponde que todos los internos alojados en el Servicio Penitenciario Federal participen en las tareas de mantenimiento, limpieza, aseo e higiene de los espacios propios y comunes de los establecimientos penitenciarios”. Ello, explica, constituye un deber y una obligación de todos los internos”. Que se deriva de lo previsto en el mencionado artículo 18 de la Constitución (establece que las cárceles serán sanas y limpias) y que son actividades necesarias para “facilitar una convivencia ordenada en beneficio de la población carcelaria”.
El subsecretario Curi explicó ante la consulta periodística que los internos que se nieguen a cumplir esas obligaciones recibirán sanciones que les impedirá acceder a beneficios por buena conducta, como tareas remuneradas, cambios de celdas y otros. “No con las visitas”, aclaró.
Por “mantenimiento y ordenamiento de los lugares donde ellos están detenidos” se entiende la celda, el pabellón, los patios, la cancha de fútbol, los lugares comunes, los lugares de visita y todos los espacios donde ellos transitan su internación.
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