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Deberán acelerar los plazos en que informan el padrón de afiliados y prestaciones. Se da en el marco de la polémica por los incrementos por encima de la inflación que aplicaron las empresas
El Gobierno nacional avanza en la regulación de la medicina privada y obligará a las empresas a un reporte más ágil de su padrón de afiliados y prestaciones.
La medida se adoptó mediante la Resolución 483/2024 de la Superintendencia de Salud, publicada hoy en el Boletín Oficial, y pretende mejorar los procesos administrativos y de envío de información para asegurar un seguimiento más eficiente de las actividades de las entidades de medicina prepaga, y es adoptada después que esta semana las instara a varias de las firmas a retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre último.
Entre los considerandos se señaló que la autoridad de aplicación de la ley que ordena el sector se “encuentra facultada para requerir periódicamente a las entidades de medicina prepaga informes demográficos, epidemiológicos, prestacionales y económico-financieros”.
La resolución hace hincapié en la Resolución Nº 1950/2021 que detalla el procedimiento para el envío y recepción del padrón actualizado de usuarios. Este padrón resulta de relevancia por las empresas que reciben algún aporte adicional deben destinar un porcentaje al Fondo Solidario de Redistribución.
“Como consecuencia de las modificaciones introducidas por el DNU Nº 70/2023, y los Decretos Nº 171/2024 y 170/2024, la Gerencia de Control Económico Financiero propone optimizaciones en la presentación del padrón de afiliados de las Entidades de Medicina Prepaga, con el fin de adecuar los procesos de fiscalización a las nuevas disposiciones normativas”, indicó la resolución.
Añadió que “entre las modificaciones propuestas se encuentran la presentación mensual del padrón de afiliados, independientemente de la tipificación que posea cada entidad, y la unificación de los cronogramas de presentación entre el padrón de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga”.
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La resolución remarca que “la actualización regular del padrón de afiliados resulta fundamental para garantizar una fiscalización efectiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 bis de la Ley 23.660, siendo responsabilidad de la Gerencia de Control Económico Financiero velar por su correcta implementación”.
En esa línea subrayó que “la reducción del plazo para la presentación de los padrones de tres meses a un mes permitirá una mayor agilidad en la detección de posibles irregularidades y un seguimiento más preciso de las prestaciones brindadas por las entidades de medicina prepaga”.
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