Con rubros cada vez más golpeados, el comercio local sigue sin repuntar: los sectores más afectados
Con rubros cada vez más golpeados, el comercio local sigue sin repuntar: los sectores más afectados
Otra semana corta en la UNLP por un nuevo paro nodocente: el cronograma de protestas
Un empresario irá a juicio oral en una causa por violencia de género contra una abogada de La Plata
Hungría sin Orbán eterno: perdió las elecciones tras 16 años en el poder
Golpe comando en una desarrolladora inmobiliaria de La Plata
¿Bullying en La Plata? Investigan una golpiza a una menor de 7 años
River ganador: se quedó con un clásico muy intenso y caliente
Ofrecimiento de personal y empresas para reparación de viviendas y service del hogar
Créditos hipotecarios: el Banco Nación eliminó la norma que beneficiaba a funcionarios
En ajustada elección se impuso en Regatas la lista de ex directivos
Nosotros jugamos el Mundial: sumá tu marca a la cobertura especial de EL DIA
Isla Santiago: denuncian obras “sin control” y un incumplimiento de la ley
Los números de la suerte del lunes 13 de abril de 2026, según el signo del zodíaco
Alimentos vencidos en La Plata: clausuran un supermercado tras denuncias vecinales
Advertencia científica sobre la baja calidad del aire en la Región
La Plata Reporta: ya son más de 1.000 los reclamos vecinales y el Casco urbano encabeza las quejas
Comenzó el cronograma de pagos de jubilaciones y pensiones de Anses
Reclamos por calles “intransitables” en una zona del barrio Hipódromo
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
La promoción en sus redes sociales de una empresa cripto que hizo el presidente Javier Milei generó repudio y fuerte polémica, ya que distintos sectores lo acusaron de haber incurrido en la violación de la Ley de Ética Pública.
Se trata de la Ley 25.188, que establece los “deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías”.
Las críticas de la oposición, que reclaman también un juicio político, apuntan al artículo 2 de esa norma sancionada en 1999. Se trata de un extenso artículo que establece nueve preceptos a cumplir:
- a) Cumplir y hacer cumplir estrictamente Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten y defender el sistema republicano y democrático de gobierno;.
- b) Desempeñarse con la observancia y respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la presente ley: honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana;.
- c) Velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular;.
LE PUEDE INTERESAR
Abogados discrepan sobre el polémico tuit: ¿es o no un delito?
LE PUEDE INTERESAR
Monitor financiero semanal
- d) No recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello;.
- e) Fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijan;.
- f) Proteger y conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados;.
- g) Abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa;.
- h) Observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia razonabilidad;.
- i) Abstenerse de intervenir en todo asunto respecto al cual se encuentre comprendido en alguna de las causas de excusación previstas en ley procesal civil.
En base a todos estos puntos, distintos espacios de la oposición consideran que hay material para iniciar un juicio político en el Congreso, además de una causa judicial.
Quien no cumpliera esta norma, “será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$740/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6990
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$570/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4500
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí