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El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la defensa del exgobernador de Tucumán, condenado por abuso sexual agravado
La Corte rechazó el pedido de excarcelación de Alperovich / Web
La Corte Suprema de Justicia de la Nación puso fin al último intento de excarcelación del exgobernador de Tucumán, José Alperovich, al ratificar lo dispuesto por el juez Juan Ramos Padilla. El exmandatario había sido condenado a 16 años de prisión por nueve hechos de abuso sexual agravado cometidos contra su sobrina política, con quien mantenía una relación laboral.
Tras agotar todas las instancias judiciales en busca de su liberación, la defensa de Alperovich recurrió al máximo tribunal. Sin embargo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el recurso extraordinario presentado, invocando la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que no los obliga a detallar las razones de su decisión. Con esta resolución, la Corte confirma la imposibilidad de que el exgobernador recupere la libertad antes de cumplir la condena.
El caso tiene su origen en hechos ocurridos entre diciembre de 2017 y marzo de 2018, período en el que la víctima denunció los abusos que sufría a manos de Alperovich. El 18 de junio de 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29, presidido por el juez Ramos Padilla, halló al exgobernador responsable de tres hechos de abuso sexual simple y seis de abuso sexual agravado con acceso carnal. La sentencia incluyó prisión preventiva inmediata, que inicialmente cumplió en el penal de Ezeiza.
Durante los primeros meses de cumplimiento de la pena, Alperovich permaneció detenido en la Unidad Penal 1 del Complejo Federal de Ezeiza, hasta que, tras poco más de un año, el Tribunal le concedió prisión domiciliaria en un departamento de Puerto Madero, bajo estrictas condiciones. Entre ellas se incluyen la colocación de una tobillera electrónica, la prohibición de contacto con la víctima y el pago de una caución de 400 millones de pesos. El domicilio donde cumple la condena es el mismo en el que se cometieron los hechos denunciados, y allí convive con su pareja.
El juez Ramos Padilla destacó en su fallo que el arresto domiciliario no constituye un privilegio ni un acto de compasión, sino que se trata de una atribución legal basada en las circunstancias específicas del caso. Asimismo, dejó claro que cualquier incumplimiento de las normas impuestas -como la prohibición de acercamiento a la víctima o el intento de eludir las medidas de control- derivará en consecuencias penales graves y la inmediata revocación del beneficio.
Con el rechazo de la Corte Suprema, se cierra definitivamente la vía judicial para que Alperovich recupere la libertad antes de cumplir la condena. Desde junio de 2025, cumple su pena en Puerto Madero con supervisión judicial constante.
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