

$10.000.000!!! El Súper Cartonazo quedó vacante y acumula un “mega” pozo
Estatales cuándo cobro: se conoció el cronograma de pago de agosto en Provincia
Chocó Claudia Villafañe: Dalma y Giannina Maradona confirmaron cuál es su estado de salud
Ivo Mammini volvió a lesionarse y se cayó su pase a Suecia: qué se sabe de su regreso a Gimnasia
El fuerte conflicto entre Nancy Pazos y Robertito Funes: “Prefiere que le descuenten los días”
"Sin riesgo de derrumbe": hay fecha para que los vecinos vuelvan a sus casas en diagonal 77 y 48
Jésica Cirio rompió el silencio y habló sobre Piccirillo: "La pasé duro, me estoy recuperando"
Argentina declaró terrorista al Cártel de los Soles y se alineó con la estrategia de Estados Unidos
Makintach en problemas: se admitió la acusación y la "jueza de Dios" va a juicio político
Paro docente en la UNLP: se siente con fuerza en los colegios y es dispar en las facultades
¡Ta tan, ta tannnn! ¡Taylor Swift se casa con Travis Kelce! Impacto mundial swiftie
De la farándula a botinera top: la "ruta sentimental" de Nicki Nicole, de Trueno a Lamine Yamal
La política se plantea qué efecto electoral tendrá para los libertarios
El libro que aterra a la corona británica: Epstein, el príncipe Andrés y situaciones perturbadoras
Di María habló de la ayuda de la AFA a Rosario Central: “Siempre me meten en todos los quilombos”
Denuncian ataque a un local de la UCR en La Plata y le apuntan a "energúmenos antidemocráticos"
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
La votación fue 4 a 1. El fallo establece que se debe aplicar el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción hasta que el Congreso sancione uno nuevo para ajustar el cálculo de los pagos retroactivos de los haberes jubilatorios
La Corte Suprema de Justicia resolvió hoy que para el cobro retroactivo de haberes jubilatorios se debe aplicar un índice de cálculo que arroja resultados superiores a los que actualmente emplea la ANSeS y pidió al Congreso que defina un nuevo indicador.
Por mayoría de cuatro votos contra uno el máximo tribunal se pronunció en un caso específico, el de Luis Orlando Blanco, pero que se proyecta a decena de miles de demandas que tramitan en su seno y en el fuero federal y de la Seguridad Social de todo el país.
La Corte ordenó, además, comunicar al Congreso de la Nación el contenido de la sentencia para que se fije el indicador para la actualización de salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período 1995-2008.
Hasta que el Congreso dicte la ley la actualización, aclaró el máximo tribunal, se utilizará el ISBIC (Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción), como lo reclamaba Blanco.
En el caso de Blanco, expediente CSJ 42.272/2012,, la Corte rechazó el recurso del Estado y ratificó lo decidido en segunda instancia por la Cámara Federal de Seguridad Social.
LE PUEDE INTERESAR
Desde el Gobierno de Vidal dicen que "trabajamos todo el año para diciembre"
LE PUEDE INTERESAR
Expectativa por un fallo clave sobre los haberes de jubilados
Los votos que beneficiaron al demandante fueron suscriptos por los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Horacio Lorenzetti y Horacio Rossati, mientras que el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, votó por el rechazo de la pretensión.
También por mayoría declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social 1/2018, que cambiaban el índice ISBIC por la variación del Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), del que resulta un cálculo con resultados inferiores.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$670/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6280
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$515/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4065
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí