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Hay dos palabras que están dominando el mercado de alquileres en la actualidad: prórroga y renovación de contratos. Frecuentemente se las relaciona pero tienen diferencias conceptuales.
La renovación del alquiler es un contrato totalmente nuevo en donde propietario e inquilino ya habían realizado un acuerdo anterior y renuevan su vínculo con otro totalmente nuevo, sin necesidad de hacer referencia al contrato anterior.
En cambio, una prórroga del contrato de alquiler es una extensión de ese contrato que está llegando a su fin. Es decir, se continúa con el anterior acuerdo, manteniendo todas las cláusulas principales idénticas, cambiando principalmente las fechas y el precio del alquiler.
Se realiza, por ejemplo, cuando el inquilino pide al propietario quedarse un mes más, luego de finalizado en contrato. En este caso no tiene mucho sentido hacer uno totalmente nuevo por un mes más, pero sí es importante que quede documentado que el inquilino se quedará un mes extra y de ser necesario, el garante debe aceptarlo para tranquilidad del locador.
En cambio, explican distintos martilleros, la renovación de contrato de alquiler se suele hacer cuando ambas partes están de acuerdo en continuar alquilando por un período igual o similar al anterior. Aquí ya no es necesario respetar el mínimo legal establecido por la ley. Se puede renovar por el tiempo que las partes acuerden.
Según indican en el mercado inmobiliario, la prórroga de un contrato de alquiler “se formaliza mediante un nuevo documento que alude al contrato original, consignándose en este el nuevo plazo por el que se realiza”. La contratación es puramente consensual. “Ambas partes están en condiciones de no contratar, o decidir libremente hacerlo mediante una prórroga. Pero no hay obligación de hacerla para ninguna de las partes. La prórroga es un método usual de contratación que permite a las partes pautar condiciones más permeables que las dispuestas en la ley 27.551 para un nuevo contrato de 3 años. En algunos casos el nuevo alquiler por la prórroga acordada se acerca al triple del valor del último mes que se pagó en el contrato de 3 años”.
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