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ESPACIO PATROCINADO.- Las personas migrantes con dos años de residencia inmediata en el territorio provincial podrán elegir legisladores, concejales y consejeros escolares. El voto de extranjeros es obligatorio
En la provincia de Buenos Aires más de un millón de personas migrantes están en condiciones y habilitados para ejercer el voto, lo que equivale al 6,75% del padrón total. La Junta electoral confirmó que habrá un total de 1.015.233 personas que no nacieron en nuestro país y que cumplen con los requisitos para elegir a las y los representantes provinciales y municipales.
Las colectividades más numerosas en la provincia son la de Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay, seguidas por las de Chile y Venezuela.
Para poder ejercer su derecho al voto, las personas migrantes deben estar inscriptas en el Padrón de Extranjeros, un registro dependiente de la Junta Electoral de la Provincia. Además, la Justicia Electoral dispuso 2.401 mesas exclusivas para extranjeros distribuidas en los 135 distritos bonaerenses.
• Según la Ley Electoral de PBA, pueden votar los extranjeros que cumplan los siguientes requisitos:
• Tener DNI de extranjero con domicilio en territorio bonaerense.
• Ser mayor de 18 años.
• Estar inscriptos en el Registro Especial de Electores Extranjeros.
• Diputados o senadores provinciales: según la Sección Electoral.
• Concejales municipales.
• Consejeros y consejeras escolares.
Como primer paso, es importante saber cuál es el establecimiento y la mesa que le toca a cada persona para votar. Para consultar el lugar de votación, el gobierno bonaerense habilitó una página web. Allí figura el padrón electoral que informa la escuela, junto con la dirección donde está ubicada, y el número de mesa de votación.
El día de la votación, hay que llevar el documento argentino vigente y actualizado, y presentarlo a la autoridad de la mesa. Esa persona hará entrega de un sobre vacío y firmado, y el DNI quedará en la Mesa mientras se ingresa al aula para votar.
En el cuarto oscuro habrá boletas de todos los partidos y sus candidatos y candidatas. Una vez elegido, se ingresará la boleta en el sobre y se tiene que cerrar. Al salir del cuarto oscuro, se deberá ingresar el sobre cerrado en la urna. La autoridad de Mesa dará una constancia de emisión del voto junto al DNI. Para finalizar, hay que firmar el padrón.
Si no figurás en el padrón, podés notificarlo enviando un correo electrónico a la Junta Electoral o contactarte con la Defensoría del Pueblo bonaerense, donde te brindarán asistencia para resolverlo.
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