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La tragedia de 7 y 49. Otro imputado busca la domiciliaria / web
En lo que este diario anunció en una edición anterior, el camino recursivo que se vio reflejado en la causa de “la Toretto” Felicitas Alvite, por la muerte de Walter Armand en un accidente de tránsito, ya tiene su réplica en el expediente del abogado y broker inmobiliario, Maximiliano Insaurralde, quien continúa detenido por otra tragedia vial. La que en agosto de 2024 se llevó la vida de la médica Ana Carolina Fiorino en la esquina de las calles 7 y 49.
Es que en las últimas horas, según fuentes judiciales, sus defensores recurrieron la denegatoria a la concesión de la prisión domiciliaria.
En el escrito, al que tuvo acceso este diario, se indicó que, para fundar la postura restrictiva, se hizo una “evaluación descontextualizada de las pericias”.
“El Sr. Juez de Garantías realiza una transcripción literal de las pericias, pero no explica la razón por la cual los resultados de las mismas obstaculizarían la concesión de la morigeración de la medida de coerción solicitada. Es decir, cita características de la personalidad del Sr. Insaurralde y con ello le basta para rechazar el pedido de esta defensa, casi creando un imaginario nexo de causalidad entre su personalidad y el riesgo de entorpecer el accionar de la justicia”, se indicó en la presentación.
“Además, no especifica a qué tipo de riesgo alude, quedando la duda de si quiso hacer referencia al peligro de fuga o de entorpecimiento probatorio”, se agregó.
En la impugnación del decisorio, se sostuvo también que, la decisión de tomar por válidos los informes oficiales y, no de un experto de parte, “viola el principio de contradicción y de igualdad de armas, pilares fundamentales del debido proceso legal, además de atentar contra el principio de imparcialidad y su rol de garante -no de parte- del proceso”.
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A la defensa también le llamó la atención que, para fundar el rechazo a la prisión domiciliaria, no se contempló los puntos de la pericia oficial, donde se evacuaban los planteos de los abogados de Insaurralde.
Concretamente, la parte donde al parecer se consignaba que “no se hallaron indicadores de actuación/simulación al momento de la evaluación, siendo coherente su decir con las manifestaciones afectivas que señalaba”.
“El Sr. Juez de Garantías adhiere a los argumentos del Sr. Agente Fiscal sin someterlos a un control real frente a los planteos y elementos introducidos por esta defensa, incurriendo así en otro vicio incompatible con el principio de contradicción que rige nuestro sistema acusatorio. El juez debe ejercer un control imparcial, activo y debidamente motivado, ponderando de manera equilibrada las posiciones de ambas partes, y la ausencia de ello, afecta directamente la validez de la resolución y refuerza el carácter arbitrario de la misma”, expresaron.
Por otra parte, se quejaron de que se omitió valorar distintos testimonios y la circunstancias de que el imputado “no posee antecedentes penales; sufrió lesiones graves a raíz del hecho y continúa con rehabilitación; posee un entorno familiar sólido y unido y mantiene una relación de noviazgo estable, con voluntad de esta última de recibirlo en su domicilio; es abogado de la matricula, con expedientes bajo su responsabilidad en curso y mantuvo una actitud activa en el proceso”.
Por último, citando lo resuelto en la causa Alvite, que finalmente accedió a la morigeración, mencionaron el tiempo que Insaurralde lleva en detención, siendo que “la prisión preventiva no puede transformarse en una pena encubierta o anticipada”.
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