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Convocó a los hermanos a llegar a un acuerdo en el marco de la sucesión. Y dijo que los ocupantes no ejercieron violencia
La Justicia entrerriana resolvió no hacer lugar al pedido de desalojo en un predio en disputa en el marco de un juicio sucesorio entre los hermanos de la familia Etchevehere, y propuso a las partes “pensar una solución pacífica y armónica”, según el fallo.
Dolores Etchevehere “probó en la audiencia que fue declarada también heredera” de los predios, según afirmó el juez subrogante de la ciudad de La Paz, Raúl Flores, en su resolución. En el fallo, el magistrado remarcó que el ingreso al predio fue “pacífico y sin violencia” y que la denuncia contraria no indicó ni probó “un hecho violento más que el número de personas” presentes.
El desalojo había sido reclamado por los fiscales Oscar Sobko y María Constanza Bessa y los abogados de Luis Miguel Etchevehere y su familia.
El predio Casa Nueva, ubicado sobre la ruta provincial 48, en el acceso a la localidad de Santa Elena, en el noroeste entrerriano, entró en disputa entre Dolores Etchevehere y su familia, entre ellos el ex ministro de Agroindustria del gobierno de Cambiemos Luis Etchevehere.
Dolores Etchevehere busca ceder parte de ese predio para el desarrollo de una iniciativa denominada Proyecto Artigas, que lleva adelante un modelo agrario sostenible llevado a cabo por un grupo de campesinos sin tierra, activistas y organizaciones ambientales en esa provincia vinculadas al sector de Juan Grabois.
Según los fiscales Oscar Sobko y María Constanza Bessa, el pasado 15 de octubre a las 11, Dolores y un grupo de unas 40 personas ingresaron a “Casa Nueva”, y exigieron la entrega de las llaves del predio que, ante la negativa, tomaron y se instalaron en el lugar. Allí realizaron trabajos en la tierra y les comunicaron a los trabajadores del lugar donde no podían dirigirse ni transitar, impidiendo “el normal trabajo e intimidándolos”.
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La fiscalía había adjudicado “violencia y engaño” por parte del grupo encabezado por Dolores, pero el juez no indicó ni probó “otro hecho violento más que el número de personas”, por lo que luego aclaró que “en realidad fue pacífico y sin violencia”.
En su fallo, el juez resaltó que la denuncia sobre una usurpación del inmueble con violencia “no fue acompañada por prueba alguna de que alguno de ellos haya desplegado violencia o algún tipo de amenazas”.
Los abogados querellantes habían denunciado un “engaño” para poder ingresar y “darse a conocer como heredera”; pero el juez recordó que los empleados “saben que los patrones son la familia Etchevehere” y que la propia fiscalía probó que Dolores también “fue declarada heredera”.
Por ende, “no hubo tal engaño en el proceder, y no invocó ella a su ingreso al campo ni más ni menos de lo que es: una heredera de don Luis Etchevehere”, agregó en el fallo.
El juez Flores dedujo que los herederos omitieron “inventariar el inmueble donde se asienta el campo Casa Nueva” y a la fecha “no hay partición”, por lo que los hermanos son “condóminos y dueños por igual por todos los bienes hasta que culmine el sucesorio”.
Además, destacó que “eso dejaría en pie” una asamblea societaria en la cual Leonor Barbero Marcial y sus hijos, le cedieron a Dolores 129 hectáreas del campo Casa Nueva.
Finalmente, el juez resaltó que la disputa familiar por la herencia “no puede ser resuelta en sede penal por estar claramente confundidos los verdaderos dueños del campo presuntamente usurpado”.
Además, “no ha podido ser acreditado” el delito y por ello no puede ser “válidamente despachada la medida cautelar de desalojo”.
“Pido disculpas a las partes su mención, pero mi formación judicial desde el derecho de las familias me lleva a la necesidad de ofrecer pensar una solución pacífica, armónica, desde el ganar-ganar, distinta a lo visto hasta entonces”, concluyó el juez.
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