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Los riesgos y desafíos que trae aparejado la pulsera que toma las ondas cerebrales y las convierte en órdenes para controlar dispositivos o manejarse en el Metaverso
Tras los anuncios de Elon Musk sobre el éxito de su empresa Neuralink en el implante de un chip neural a un paciente en enero pasado, Mark Zuckerberg propietario de Meta dio a conocer sus propios avances en la interfaz cerebro-computadora.
En un breve video, el dueño del conglomerado que abarca Metaverso, Facebook, Instagram y Whatsapp, afirmó que se encuentran avanzando en el desarrollo de un dispositivo de interfaz cerebro-computadora no invasivo de carácter vestible. Se trata concretamente de un pulsera capaz de captar e interpretar las ondas cerebrales de su usuario a fin de interactuar con otros dispositivos.
Sus desarrolladores apuntan en principio a que, por medio de la pulsera, sea posible otorgarle movilidad e interacción inmediata a un avatar en el Metaverso con sólo imaginar la acción que se desea desplegar en el mundo virtual.
El Metaverso es el futuro de internet, basado esencialmente en pasar de una internet interactiva a nivel audiovisual (Web 2.0) e internet de las cosas (Web 3.0); a una internet inmersiva que brinde experiencias sensoriales táctiles, sumergiendo todos los sentidos del usuario en una experiencia virtual, por medio del control de un Avatar.
“Resulta esencial la regulación normativa de los llamados neuroderechos”
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Tal es la expectativa en la internet inmersiva y los mundos virtuales, que corporaciones tales como Adidas, Nike, Reebok, Sony, Coca-Cola, Prada, Gucci, Louis Vouitton, Ralph Laurent, Dior, Zara, Ferrari, Hermés, Dolce & Gabbana, Balenciaga, Etro, Tommy Hilfiger, Estée Lauder y Elie Saab, Burberry, y Cervecerías Miller; ya se han instalado en el Metaverso.
Aunque se cree que la internet inmersiva brindará a nivel laboral y en el mundo educativo un salto sin igual, las interfaces cerebro-computadora como la pulsera que desarrolla Meta suponen no sólo desafíos sino riesgos bien concretos en lo que hace a la neuroprivacidad, advierten especialistas.
“El principal riesgo que presenta la introducción de dispositivos de interfaz cerebro- computadora vestibles (ICCV) en mundos virtuales e inmersivos como el Metaverso, consiste en que las compañías titulares del Metaverso y del dispositivo que se utilizar, recabarán los datos informáticos directamente del cerebro del usuario”. señala Carlos Sueiro, doctor en Derecho Penal y especialista en Criminalidad informática.

“El principal riesgo que presenta la introducción de dispositivos de interfaz cerebro- computadora vestibles en mundos virtuales como el Metaverso consiste en que sus compañías recabarán datos directamente del cerebro del usuario”.
Carlos Sueiro
Abogado especialista en criminalidad informática
“Así como para la Web 2.0 y 3.0, los metadatos del usuario constituían la materia prima para su desarrollo; para la Web 4.0 de la cuarta revolución industrial, los datos cerebrales del usuario (Neural Data) serán las nuevas materias primas para la evolución de los mundos virtuales e inmersivos, dando origen a el Neuromarketing, el Neurogaming, Neurorelax, y la Neurovigilancia”, cuenta.
Así, el principal riesgo de la utilización de dispositivos de interfaz cerebro-computadoras vestibles (ICCV) como las pulseras Electroencefalográficas (EEG) es la afectación a la llamada neuroprivacidad.
Frente a este escenario, para Sueiro “resulta fundamenta la regulación normativa de los denominados neuroderechos, tales como el derecho a la privacidad mental o neuroprivacidad, el derecho a la integridad mental o neurointegridad, el derecho a la identidad o continuidad psicológica, el acceso equitativo a la tecnología de incremento de capacidad cognitiva y el derecho a la protección contras sesgos y discriminación”.
Aunque suena a ciencia ficción, la afectación al Derecho a la privacidad mental o Neuroprivacidad ya ha sido destacada por un precedente jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la República de Chile.
“El 9 de agosto de 2023, la Corte Suprema de ese país, dictó la primera sentencia vinculada a la protección de Neuroderechos, más precisamente del Derecho a la Neuroprivacidad o Privacidad Mental, en el precedente CSJ de Chile nº 105.065-2023 caratulado “Acción constitucional de protección de Don Guido Girardi Lavin contra la empresa Emotiv Inc.por venta y comercialización de dispositivo Insigth”, cuenta el especialista.
Concretamente, la Corte Suprema de la República de Chile hizo lugar al amparo presentado por el ciudadano, Guido Girardi Lavin, contra la empresa neurotecnológica Emotiv, disponiendo que la compañía deberá eliminar sin más trámite toda información que se hubiera almacenado en su nube o servidores de la información o datos de origen neural (Neural-data) del usuario del dispositivo ICC, marca Emotiv, modelo Insigth.
“No sería ilógico pensar, que la habilitación para el uso de dispositivos interfaces cerebro-computadoras vestibles, como las pulseras Electroencefalográficas (EEG) de Meta, también requerirían de un contralor público a fin de determinar cuál es el grado de afectación a la neuroprivacidad de los usuarios”, sostiene el especialista en cibercriminalidad.
Considerados por muchos expertos como la evolución del ratón y las pantallas táctiles los prototipos de interfaz cerebro-computadora como la pulsera de Meta se basan en la electromiografía (EMG), una técnica englobada en el ámbito de la neurociencia que ya ha sido probada en el pasado por investigadores del MIT y que desde hace una década las grandes compañías tecnológicas como Microsoft tienen entre sus planes para abordar el asunto del control sin tocar.
Con un aspecto bastante tosco y un tamaño algo más grande que un smartwatch, el dispositivo de Meta es capaz de interpretar la actividad eléctrica de los nervios a medida que el cerebro envía información a la mano.
De manera similar a cuando la mano recibe la señal nerviosa para moverse, la pulsera podría traducir ese impulso eléctrico del cerebro para aplicarlo en la manipulación de un dispositivo digital.
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