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Policiales |“Se le vino la noche”

La Corte Suprema definió la pena a Lautaro Teruel

La Corte Suprema definió la pena a Lautaro Teruel

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20 de Junio de 2025 | 01:43
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a 12 años de prisión por abuso sexual agravado contra Lautaro Teruel, hijo de uno de los integrantes del reconocido grupo folclórico Los Nocheros, al declarar “inadmisible” el recurso presentado por su defensa.

El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó la queja interpuesta por los abogados del joven, quien había sido hallado culpable en 2021 por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, reiterado en cuatro oportunidades.

Los mismos concurren en forma material entre sí y en concurso ideal con el delito de corrupción de menores agravada, ya que una de las víctimas era menor de 13 años y medió engaño.

Durante el juicio, una de las jóvenes, que entonces tenía 19 años, brindó un crudo testimonio en el que relató que fue abusada por Teruel desde los 10 años y hasta poco antes de cumplir los 13.

En su declaración detalló las secuelas que sufrió como consecuencia de los ataques, entre ellas, autolesiones, trastornos alimentarios y varios intentos de suicidio.

La decisión de la Corte implica que la condena dictada en Salta en 2021 quedó confirmada de manera definitiva, y Teruel deberá cumplir la pena impuesta.

El 18 de octubre de 2021, la Sala III del Tribunal de Juicio de Salta, presidida por la jueza Carolina Sanguedolce y compuesta por los vocales María Gabriela González y Pablo Farah, condenó a Teruel y, además, le revocó el beneficio de la prisión domiciliaria y ordenó el inmediato traslado a la unidad penitenciaria correspondiente.

También absolvió por el beneficio de la duda a los dos amigos en una de las causas: Silvio Ezequiel Rodríguez y Gonzalo Isaac Farfán.

En este proceso penal, Teruel fue juzgado en dos causas distintas. En la primera fue condenado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, reiterado en concurso ideal con corrupción de menores doblemente agravada por tratarse de menor de 13 años y por mediar engaño. En la segunda, en tanto, por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, cuando la víctima tenía 19 años.

 

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